Informe final de auditoría 52-2022 auditoría al macroproceso de adquisición y abastecimiento en la Municipalidad de maría pinto-marzo 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 909053239

Informe final de auditoría 52-2022 auditoría al macroproceso de adquisición y abastecimiento en la Municipalidad de maría pinto-marzo 2022

Fecha18 Marzo 2022
Número de informe52/2022
EmisorII Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

Efectuar una auditoría a las compras realizadas por la Municipalidad de María Pinto respecto de las adquisiciones a través de la modalidad de trato directo y aquellas identificadas para enfrentar la pandemia producto del COVID-19, en el marco de la ley N° 19.886, y el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, considerando el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2021.
La revisión tuvo por objeto verificar si las transacciones cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias, se encuentran debidamente documentadas, la exactitud de sus cálculos, y que las cuentas contables y presupuestarias se encuentren bien imputadas.
Asimismo, se realizó un examen a las cuentas relacionadas con la materia en revisión, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, la resolución 30, de 2015 del mismo origen, y lo señalado en el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánica de Administración Financiera del Estado.

CONCLUSIONES

• Se determinó que siete funcionarios municipales dependientes de la Dirección de Administración y Finanzas y Secretaría Comunal de Planificación contaban con acceso activo a la plataforma de Mercado Público en calidad de usuarios, sin embargo, estos no fueron designados formalmente a través del decreto alcaldicio correspondiente. A su vez, se evidenció que sólo tres de ellos tenían su “Certificado de Acreditación” respectivo, emitido por la Dirección ChileCompra, mientras tanto, los cuatro restantes, no exhibieron tal acreditación en el desarrollo de la presente auditoría, razón por la que no se pudo obtener certeza sobre sus conocimientos y habilidades para hacer cumplir las normativas correspondientes.
Al respecto, esa entidad municipal deberá verificar periódicamente la correcta autorización y vigencia de los operadores del sistema de compras públicas, emitiendo los actos administrativos correspondientes en caso de cambios en las designaciones de usuarios, solicitando, además, las acreditaciones técnicas de los mismos, con el fin de dar cumplimiento al artículo 3° de la ley N° 19.880 y 5° bis, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley N° 19.886.
• Se constató que el municipio no mantiene un sistema informático o un mecanismo alternativo que permita llevar un control adecuado sobre las entradas, salidas y saldos de los productos adquiridos, como tampoco, un...

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