Informe final 877-17 Municipalidad de coelemu auditoría a los procesos de finanzas y adquisiciones de bienes y servicios - diciembre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840027057

Informe final 877-17 Municipalidad de coelemu auditoría a los procesos de finanzas y adquisiciones de bienes y servicios - diciembre 2017

Fecha28 Diciembre 2017
Número de informe877/2017
EmisorRegional Bío-Bío

OBJETIVO Comprobar el cumplimiento de la normativa legal y reglamentaria atingente a los macroprocesos de control interno, finanzas, adquisiciones y abastecimiento de bienes y servicios, validando el control interno implícito en las áreas fiscalizadas, evidenciar la veracidad y fidelidad de las cuentas de acuerdo con la normativa contable emitida por esta Contraloría General de la República, y la autenticidad de la documentación de respaldo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la aludida ley N° 10.336, así como efectuar un análisis financiero y presupuestario de la citada entidad, acorde con lo establecido en la ley N° 18.695, el decreto ley N° 1.263, de 1975, y el decreto N° 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, sobre Clasificaciones Presupuestarias, para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 30 de junio de 2017.
CONCLUSIONES Preguntas de la auditoría:
• ¿Se ajustó el municipio a los principios de eficiencia, eficacia y economicidad, en la adquisición de bienes y servicios; y en la administración y control de los recursos financieros?
• ¿La entidad cumple con la normativa legal vigente en materia contable, y su vez, las conciliaciones bancarias se encuentran confeccionadas?
• ¿Los procesos de formulación, aprobación, modificación, registro y control presupuestario, son efectuados de acuerdo a la normativa vigente, y los ingresos presupuestados permiten cubrir todos los compromisos devengados por la entidad?
• ¿Las licitaciones y adjudicación de los bienes y servicios efectuados por el municipio se han realizado acorde a lo establecido en la ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y a su reglamento contenido en el decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda?

Principales resultados

• Se constató la existencia de un gasto improcedente por $ 600.000, que dice relación con el pago de un curso ajeno a los fines propios de una capacitación, debiendo la entidad edilicia acreditar documentadamente que en el curso impartido se trataron materias relacionadas con la gestión municipal.
• Se comprobó una diferencia entre el saldo contable de las disponibilidades y el que figura en las conciliaciones bancarias, la existencia de cuentas corrientes bancarias sin movimiento que presentaban saldos no reintegrados por el municipio a las instituciones otorgantes, además de la no realización de análisis de cuentas contables y saldos sin rendir de las cuentas contables
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