Informe final 688-20 Municipalidad de san javier auditoría a ejecución presupuestaria 2017, 2018 y 2019, y gastos realizados con motivos de la pandemia por covid - febrero 2021
Fecha | 10 Febrero 2021 |
Número de informe | 688/2020 |
Emisor | Regional Maule |
Verificar el cumplimiento de la normativa contable y reglamentaria que regula el proceso de ejecución y control presupuestario, y efectuar un análisis financiero de la Municipalidad de San Javier, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2019. Asimismo, se efectuó un examen de cuentas a los gastos ejecutados por ese municipio con motivo del COVID-19, entre el 1 de marzo y el 31 de julio de 2020.
Se determinó que esa entidad edilicia no efectuó las modificaciones presupuestarias para efectos de ajustarse a los ingresos devengados durante los años 2017, 2018 y 2019, provocándose una subestimación del presupuesto por las sumas de $622.816.290, $1.585.347.071 y $1.290.985.255, respectivamente.
Misma situación acontece con los gastos presupuestarios para las citadas anualidades, en las que se produjo una sobrestimación presupuestaria por las cifras de $1.09.658.108, $1.611.396.778, y $1.302.009.941, para cada año.
El hecho descrito no se aviene con lo establecido en el artículo 16 del decreto ley N° 1.263, de 1975, ni con lo dispuesto en los artículos 21, letra b), 56, inciso segundo, 65, letra a), y 81 de la ley N° 18.695, debiendo esa entidad edilicia, en lo sucesivo,
realizar oportunamente las modificaciones presupuestarias, ajustándose a los ingresos y gastos que efectivamente va a recaudar o ejecutar, en cada caso, las que deberán ser aprobadas por el Concejo Municipal, todo ello acorde a lo dispuesto en el artículo 16 del decreto ley N° 1.263, de 1975, los artículos 21, letra b); 27, letra b), N° 2; 56, inciso segundo; 65, letra a); y 81, todos de la ley N° 18.695.
Se efectuó una comparación de los registros auxiliares que mantienen las distintas unidades giradoras de ese municipio, a saber: Dirección de Obras, Dirección de Tránsito, Dirección de Rentas y Unidad de Aseo y Ornato con el saldo contable informado al cierre del ejercicio 2019, observándose una diferencia de -$130.930.801, sin que existía integración entre la contabilidad y las unidades
giradoras con tesorería, lo que no ajusta a lo indicado en el oficio circular N° 54.977, de 2010, de la Contraloría General, el cual incorporó el capítulo quinto, denominado “Estados Financieros” en la Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación, sobre características cualitativas de la información contable, en particular al atributo que indica que la información debe ser “confiable”.
En razón de ello, procede que ese órgano...
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