Dictamen nº 31856 de Contraloría General de la República, de 7 de Mayo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548971858

Dictamen nº 31856 de Contraloría General de la República, de 7 de Mayo de 2014

N° 31.856 Fecha: 07-V-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Javier Millaquipay Santibáñez, reclamando, en síntesis, el comportamiento irregular y falta de respuesta a las peticiones que formulare, por parte de las autoridades de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial que señala.

En primer término, aduce el recurrente, por una parte, el abandono de deberes y discriminación racial de los Presidentes de la República Ricardo Lagos, Michelle Bachelet y Sebastián Piñera y, por otra parte, idénticos comportamientos de los diputados Sergio Ojeda y Alejandra Sepúlveda, por no atender sus denuncias en contra de diversos actores de los órganos jurisdiccionales y Consejo de Defensa del Estado.

Asimismo, expone haber sido víctima de denegación de justicia, prevaricación y discriminación durante la tramitación de sus demandas, por parte de los entonces ministros de la Corte Suprema, señores Rafael Retamal, Servando Jordán, Marcos Aburto, Hernán Álvarez y Mario Garrido.

Enseguida, manifiesta que las acusaciones en contra de funcionarios del Poder Judicial fueron presentadas en su conjunto ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Rol P – 109 – 07, caratulados “Javier Millaquipay Santibáñez, Fresia Millaquipay S. y otras”, alegando que a la fecha no han sido atendidas debido a las presiones realizadas por el Estado de Chile, motivo por el cual requiere que se le ordene al Gobierno detener la intervención internacional en su caso y, además, se establezca un “Observatorio” que vigile el desempeño de las labores de cada uno de los poderes del Estado.

Requerido informe a la ex Ministra Secretaria General de Gobierno, precisó en el Ord. 1.950, de 2013, en lo que interesa, que la materia de presentación del ocurrente es del todo ajena a las funciones que le compete desarrollar a esa cartera acorde con la ley N° 19.032, que reorganiza ese ministerio, al cual le corresponde actuar como un ente de comunicación del Gobierno y llevar a cabo las relaciones entre este y las distintas organizaciones sociales, lo cual no constituye el objeto de reclamación del solicitante.

Sobre el particular, de forma previa, resulta pertinente indicar que de conformidad a lo consignado en el Capítulo X de la Constitución Política de la República, en la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, en el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, entre otros cuerpos...

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