Decreto núm. 982, publicado el 21 de Agosto de 2019. APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL DE ALCOHOLES Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE ISLA DE PASCUA |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA ORDENANZA MUNICIPAL DE ALCOHOLES Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
Núm. 982/M.- Isla de Pascua, 25 de abril de 2019.
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Vistos y teniendo presente:
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- Lo dispuesto en la Constitución Política de la República.
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- Lo dispuesto en la ley Nº 19.925, Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas.
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- Lo establecido en el DL Nº 3.063, sobre Rentas Municipales.
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- Las atribuciones conferidas por la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, de fecha 31 de marzo de 1988 y sus posteriores modificaciones,
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Considerando:
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- La imperante necesidad por razones de seguridad pública, de establecer restricciones en materia de venta de bebidas alcohólicas en la comuna, debido al interés de la comunidad de establecer políticas públicas, que tiendan al ordenamiento comunal y control del consumo de alcohol.
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- La necesidad de regular asuntos que dicen relación con la seguridad pública, con el medio ambiente, y de fijar normas básicas sobre el otorgamiento de Patentes de Alcoholes y en especial con el horario de funcionamiento de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas.
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- El Acuerdo Nº 18/2019, del Honorable Concejo Municipal de Isla de Pascua adoptado por la unanimidad de sus miembros presentes en sesión Nº 10/2019, Ordinaria, de fecha miércoles 3 de abril de 2019 y que reza: "Acuerdo Nº 18/2019: El Honorable Concejo Municipal de Isla de Pascua por la unanimidad de sus miembros presentes en esta sesión acuerda aprobar el proyecto de Ordenanza Municipal de 'Ordenanza Municipal de Alcoholes y Horario de Funcionamiento de Establecimientos de Expendio de Bebidas Alcohólicas', según texto sometido a su consideración y que formará parte integrante del acta de la presente sesión."
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Decreto:
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- Apruébese el texto de "Ordenanza Municipal de Alcoholes y Horario de Funcionamiento de Establecimientos de Expendio de Bebidas Alcohólicas", cuyo tenor literal es el siguiente:
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Las patentes de alcoholes para los giros contemplados en la ley 19.925, se otorgarán previo cumplimiento de las exigencias establecidas en dicho cuerpo normativo y en el DL 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales.
El interesado en obtener patentes de alcoholes deberá cumplir, además, con las normas sanitarias que para cada caso indique el Servicio de Salud y las normas...
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