Decreto núm. 4479 EXENTO, publicado el 22 de Agosto de 2019. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE PERMISO DE EDIFICACIÓN QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE CURICO |
Rango de Ley | Decreto |
INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE PERMISO DE EDIFICACIÓN QUE INDICA
Núm. 4.479 exento.- Curicó, 1 de agosto de 2019.
Vistos:
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- El Permiso de Edificación Nº 457 de fecha 06/07/2017 que otorgó permiso para la edificación de una vivienda unifamiliar de 141.92 m2, de propiedad de la Sra. Susana Chamorro.
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- Informe Nº 006 de fecha 28/05/2019 Inspector Técnico de Obra, Sr. José Rodrigo Lizana Aliaga, Ingeniero Constructor Dirección Obras Municipales.
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- Oficio Ord. Nº 434 de fecha 10/07/2019 Director de Obras (S) que solicita decretar Invalidación de Permiso de Edificación.
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- La disposición de la Alcaldía, de fecha 12/07/2019.
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- El decreto con fuerza de ley Nº 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
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- El decreto supremo Nº 47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.
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- Plan Regulador de la comuna de Curicó.
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- El decreto 100, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile.
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- La ley 10.336, de la Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
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- Lo dispuesto en la ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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- Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695, de 1988, y sus posteriores modificaciones.
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- La Jurisprudencia administrativa y judicial emanada de la Contraloría General de la República y de los Tribunales de Justicia, respectivamente.
Considerando:
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Las conclusiones obtenidas del Informe indicado en el visto 2) del presente documento, se tiene que el Permiso de Edificación Nº 457-2017 fue aprobado con eventual incumplimiento al Art. 2.6.2 y 2.6.3 de la OGUC, relacionadas con materias de altura de adosamiento y distanciamientos, debido a que en la solicitud de permisos de edificación el interesado adjuntó a su expediente una autorización notarial de mayor altura y menos distanciamiento, otorgada por el mismo denunciante Sr. Luis Óscar Rojas Valenzuela, el cual posteriormente se retracta de dicha autorización.
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No se puede desconocer que la actual normativa, referida a las materias de alturas de adosamiento y distanciamientos, no establecen la posibilidad de que los propietarios, vecinos a un proyecto presentado a las DOMs, puedan dar autorizaciones notariales con la finalidad de rebajar las exigencias establecidas por dichas normas.
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Que, en virtud de los...
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