Decreto núm. 4479 EXENTO, publicado el 22 de Agosto de 2019. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE PERMISO DE EDIFICACIÓN QUE INDICA - MUNICIPALIDAD DE CURICO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 809327061

Decreto núm. 4479 EXENTO, publicado el 22 de Agosto de 2019. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE PERMISO DE EDIFICACIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CURICO
Rango de LeyDecreto

INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE PERMISO DE EDIFICACIÓN QUE INDICA

Núm. 4.479 exento.- Curicó, 1 de agosto de 2019.

Vistos:

  1. - El Permiso de Edificación Nº 457 de fecha 06/07/2017 que otorgó permiso para la edificación de una vivienda unifamiliar de 141.92 m2, de propiedad de la Sra. Susana Chamorro.

  2. - Informe Nº 006 de fecha 28/05/2019 Inspector Técnico de Obra, Sr. José Rodrigo Lizana Aliaga, Ingeniero Constructor Dirección Obras Municipales.

  3. - Oficio Ord. Nº 434 de fecha 10/07/2019 Director de Obras (S) que solicita decretar Invalidación de Permiso de Edificación.

  4. - La disposición de la Alcaldía, de fecha 12/07/2019.

  5. - El decreto con fuerza de ley Nº 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones.

  6. - El decreto supremo Nº 47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.

  7. - Plan Regulador de la comuna de Curicó.

  8. - El decreto 100, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile.

  9. - La ley 10.336, de la Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.

  10. - Lo dispuesto en la ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  11. - Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695, de 1988, y sus posteriores modificaciones.

  12. - La Jurisprudencia administrativa y judicial emanada de la Contraloría General de la República y de los Tribunales de Justicia, respectivamente.

    Considerando:

    1. Las conclusiones obtenidas del Informe indicado en el visto 2) del presente documento, se tiene que el Permiso de Edificación Nº 457-2017 fue aprobado con eventual incumplimiento al Art. 2.6.2 y 2.6.3 de la OGUC, relacionadas con materias de altura de adosamiento y distanciamientos, debido a que en la solicitud de permisos de edificación el interesado adjuntó a su expediente una autorización notarial de mayor altura y menos distanciamiento, otorgada por el mismo denunciante Sr. Luis Óscar Rojas Valenzuela, el cual posteriormente se retracta de dicha autorización.

    2. No se puede desconocer que la actual normativa, referida a las materias de alturas de adosamiento y distanciamientos, no establecen la posibilidad de que los propietarios, vecinos a un proyecto presentado a las DOMs, puedan dar autorizaciones notariales con la finalidad de rebajar las exigencias establecidas por dichas normas.

    3. Que, en virtud de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR