Decreto núm. 436, publicado el 16 de Abril de 2015. MODIFICA DECRETO Nº 301, DE 2011, QUE ESTABLECE NORMAS PARA LA NUMERACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE CAMINOS - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 565791814

Decreto núm. 436, publicado el 16 de Abril de 2015. MODIFICA DECRETO Nº 301, DE 2011, QUE ESTABLECE NORMAS PARA LA NUMERACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE CAMINOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº 301, DE 2011, QUE ESTABLECE NORMAS PARA LA NUMERACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE CAMINOS

Núm. 436.- Santiago, 6 de noviembre de 2014.- Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 18º del DFL Nº 850 MOP, del 12/09/1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840, de 1964, Orgánica del MOP, y del DFL Nº 206 MOP, de 1960.

El DL Nº 573, del 08/07/1974; el DL Nº 575, del 10/07/1974; el DL Nº 1.230, del 27/10/1975; el DL Nº 1.317, del 31/12/1975; la ley 20.174, del 16/03/2007; la ley 20.175, del 23/03/2007, y la ley 20.368, del 07/08/2009, todos del Ministerio del Interior, que establecen la actual División Político - Administrativa del territorio nacional, detalla las quince regiones del país, sus capitales, las cincuenta y cuatro provincias y sus trescientas cuarenta y seis comunas.

El decreto MOP Nº 301, del 30/09/2011, que establece normas para la numeración y clasificación de caminos.

Considerando:

Que en la actualidad y como lo menciona el decreto MOP Nº 301, del 30 de septiembre de 2011, el país se divide en quince regiones, cincuenta y cuatro provincias y trescientas cuarenta y seis comunas.

Que la clasificación y numeración de caminos que establece el decreto MOP Nº 301, del 30 de septiembre de 2011, requiere de una mejor precisión de la clasificación de caminos para su apropiada interpretación y aplicación, lo que se ha advertido durante el período en que ya ha estado vigente.

Que, consecuentemente, es necesario precisar y mejorar la clasificación de los caminos, dándoles definiciones más adecuadas a la funcionalidad y los requerimientos reales de los mismos.

Decreto:

  1. Modifícase el decreto Nº 301, de 30 de septiembre de 2011, del Ministerio de Obras Públicas, en lo relativo a la clasificación de Caminos Regionales Principales, Caminos Regionales Provinciales y la norma para la numeración de Caminos Regionales Principales, según lo que se indica a continuación.

  2. Reemplázase el punto 2.2.1, correspondiente a la clasificación de Caminos Regionales Principales, por lo siguiente:

    2.2.1 Caminos Regionales Principales: Caminos que presenten como función principal la conectividad dentro del territorio regional con la red de caminos nacionales, entre otros casos, unen un camino longitudinal con una capital comunal, otros caminos nacionales con una capital provincial o comunal, capitales provinciales entre sí, capital provincial con capital comunal, o tres o más capitales comunales entre sí. Se incluyen en...

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