Decreto núm. 3843, publicado el 03 de Diciembre de 2021. MODIFICA ORDENANZA N° 4.867, DE 2018, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LLANQUIHUE |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA N° 4.867, DE 2018, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Núm. 3.843.- Llanquihue, 8 de noviembre de 2021.
Vistos:
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Las facultades que me confiere la ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades".
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El decreto ley N° 3.063 de 1.979, sobre Rentas Municipales.
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El decreto alcaldicio N° 2.033 de fecha 29 de junio de 2021 donde se designa en calidad de Titular, como Alcalde de la Municipalidad de Llanquihue, al Sr. Víctor Rubén Angulo Muñoz, Cédula Nacional de Identidad N° 10.351.214-K.
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Decreto alcaldicio N° 4.867, de fecha 26 de octubre 2018, que deroga normas que indica, y establece el texto refundido coordinado y sistematizado de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos, Ocupación de Bien Nacional de Uso Público, Propaganda y Otros Servicios.
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Decreto alcaldicio N° 3.822 de 5 de noviembre de 2021, que designa como Director de Administración y Finanzas subrogante a don Juan Carril Aguero.
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Decreto alcaldicio N° 3.822 de 5 de noviembre de 2021, que designa como control subrogante a don Pablo Flores Merino.
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Decreto alcaldicio N° 3.741 de 27 de octubre de 2021, que designa como Secretario Municipal subrogante a don Jairo Miranda Vivar.
Teniendo presente:
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- La necesidad de modificar y actualizar la Ordenanza Local, sobre Derechos Municipales, por Concesiones, Permisos y Servicios de la Municipalidad de Llanquihue.
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- Acuerdo del Concejo Municipal N°01/20/21 de fecha 27 de octubre de 2021.
Decreto:
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- Deróguese los siguientes artículos de ordenanza N° 4.867, de fecha 26 de octubre de 2018:
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Los Artículos 5, artículo 9, artículo 11 y artículo 25.
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- Autorícese modificación a la ordenanza local sobre derechos municipales por concesiones, permisos, ocupación de bien nacional de uso público, propaganda y otros servicios, y establézcase su texto refundido, coordinado y sistematizado, siendo este el siguiente:
Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos, Ocupación de Bien Nacional de Uso Público, Propaganda y Otros Servicios
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la forma de cobro y el monto de los derechos municipales que deben pagar los que obtengan de la Municipalidad de Llanquihue, una concesión, un permiso o reciban un servicio.
Cada Departamento Municipal confeccionará la liquidación de derechos que proceda según se establece en esta Ordenanza y la dará a conocer al interesado, quien deberá enterar su pago en la Tesorería Municipal dentro del plazo que corresponda.
Acreditando el pago mediante el comprobante que otorga la Tesorería, el Departamento Municipal correspondiente otorgará la concesión, el permiso o prestará el servicio.
En cada caso se dejará testimonio del pago efectuado en el registro correspondiente, con indicación del Boletín de Ingreso y su fecha.
DEVOLUCIÓN DE DERECHOS MUNICIPALES
Cuando por cualquier causa corresponda devolver todo o parte de algún derecho municipal, ello deberá hacerse por decreto de pago autorizado por el Alcalde, previo informe del correspondiente Departamento.
Copia del decreto de devolución indicada se transcribirá al Departamento respectivo para su anotación en los libros o registros correspondientes.
DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIOS DE ASEO Y ORNATO
De acuerdo al Art. 8° del DL 3.063 de 1979, el vecino podrá ejecutar por sí mismo o por terceros, el retiro de escombros de origen vegetal y otros servicios especiales. Sin embargo, si es notificado por Inspector Municipal y no ejecuta los trabajos ordenados dentro de un plazo de 72 horas, con todo desde la notificación correspondiente, los trabajos los ejecutará la Municipalidad o un contratista, aplicándose no solo el valor del Derecho Municipal sino que el costo del servicio particular empleados por la Municipalidad. Los elementos obtenidos de estas limpiezas serán depositados exclusivamente en botaderos municipales, transportándose a él en vehículos cerrados o cubiertos de manera tal que impidan su caída en la vía pública, la cual constituirá infracción y será denunciado al Juzgado de Policía Local.
Los servicios especiales por extracción de basura, escombros y otros distintos de los indicados en los Art. 6° y siguientes de la Ley de Rentas Municipales, pagarán por concepto de Derechos Municipales los que se indican más adelante:
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- Retiro de escombros,
por metro cúbico....................10% UTM.
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- Retiro de ramas, hojas y
otros provenientes de
jardines, por metro
cúbico.............................10% UTM.
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- Se prohíbe a toda persona natural o jurídica, depositar basuras, desperdicios u otros similares en la vía pública, áreas verdes y caminos en general, debiendo hacerlo en forma exclusiva en los espacios habilitados para ello.
Además, prohíbase la crianza de animales en casas particulares, con excepción de aquellos considerados domésticos, en todo lo que comprende el radio urbano de la ciudad. La persona o vecino que sea sorprendido en cualquiera de estas actividades por Carabineros, funcionarios municipales o dirigentes de las diferentes Juntas Vecinales de la comuna, será denunciado al Juzgado de Policía Local, en el que se aplicarán las siguientes multas:
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- Persona natural hasta ......... 3 UTM
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- Persona jurídica hasta .........5 UTM
Derogado.
DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE, TRÁNSITO Y VEHÍCULOS
El Permiso de estacionamiento reservado en Bienes Nacionales de uso Público, en los casos que establece la ley N° 18.290, el Plan Regulador de la comuna y demás normas que lo permitan, estará gravado con los siguientes derechos anuales:
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- Estacionamiento
de hasta 5 metros
lineales ...........................10 UTM cada uno.
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- Estacionamiento
de hasta 10 metros
lineales ..........................20 UTM cada uno.
3 - Instalación de
señalética y demarcación
(por primera vez)..................3 UTM
4 - Reposición y reinstalación
de señalética a
solicitud del interesado.......... 4 UTM
Los Servicios Municipales para la Inspección Técnica de vehículos efectuada para cualquier trámite, pagarán los siguientes derechos:
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- Verificaciones de números de motor, transformaciones, clasificaciones y otros afines, incluido el Certificado correspondiente cuando sea el caso ............................... 20% UTM
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- La autorización a las Escuelas de Conductores, para utilizar en sus lecciones prácticas las vías públicas determinadas por la Dirección del Tránsito, por vehículo ................. 2 UTM mensual
Los exámenes y servicios que a continuación se señalan, pagarán los siguientes derechos:
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- Permisos de Circulación
duplicados, por pérdida
o transferencia .................. 20% UTM
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- Derecho Municipal
por solicitud de certificado
de antecedentes ................... 2% UTM
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- Solicitud de
traslado de Permiso
de Circulación.................... EXENTO
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- Licencia de Conductor
otorgada por vez primera
de acuerdo a la normativa
vigente ...........................70% UTM
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- Licencia Clase E,
otorgada por primera vez .......... 20% UTM
Las que serán reajustadas de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 60 del DL 3.063 de 1979, "Ley de Rentas Municipales".
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- Control para
Licencia de Conductor
Clase A-1, A-2 ley N° 18.290 ....... 60% UTM
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- Control cada seis
años para Licencia
de Conductor
Clases: B, C, D y F .............. 70% UTM
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- Control cada
seis años para
Licencias Clase E ........ ........ 25% UTM
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- Duplicado de
Licencias cualquier clase ......... 70% UTM
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- Cambio de domicilio,
examen de reglamento: práctico,
físico o síquico cuando
no se trate del que debe
rendirse para el
otorgamiento o control
de Licencia de
Conductor, certificados............. 20% UTM
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- Permiso para instalar
señalización reglamentaria
en trabajos de vías
públicas, por cada una
de las obras de ruptura,
excluyendo caminos de vialidad ..... 10% UTM
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- Empadronamiento de
vehículos de tracción
humana y animal .................... 20% UTM
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- Certificado de
antigüedad de Licencia
de Conductor ....................... 20% UTM
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- Señalización solicitada
por particulares, sin
perjuicio del valor de la señal ..... 3 UTM
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- Otros Permisos no
especificados por 5 días ........... 10% UTM
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- Otros Permisos no
especificados por 30 días .......... 20% UTM
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- Empadronamiento de Carros y Remolques:
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Empadronamiento de
carros (incluye placa y
certificado) ...................... 50% UTM
-
Duplicado de Certificado
de Empadronamiento carro
de arrastre .... ...................20% UTM
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Duplicado de Placa
patente carro ..................... 50% UTM
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Certificado de modificación
en el Registro ................... 20% UTM
-
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- Distintivos autoadhesivos
DS 211/91 verde rojo ................. 15% UTM
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- Fotocopias autorizadas
por Sr. Ministro de Fe c/u ......... 20% UTM
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- Licencia restringida
más 18 meses ...................... 40% UTM
-
- Licencia restringida
por semestre....................... 30% UTM
-
- Control licencia
conducir A2, A3 profesional
A4 y A5 ...........................60% UTM
-
- Fotocopia de documentos
en archivo....................... 10% UTM
-
- Oficio de trámite realizado.. 10% UTM
-
- Derecho a cuestionario
impreso para postular
a la licencia de
conducir clase A1, A2, D
Ley antigua (18.290)................ 5% UTM
-
- Informes efectuados por
la Dirección de Tránsito a
petición de particulares,
por cada hoja de informe............ 10% UTM
-
- Visita...
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