Decreto núm. 173, publicado el 26 de Enero de 2018. APRUEBA MODIFICACIÓN A ORDENANZA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA OTORGAR, RENOVAR, CADUCAR Y TRASLADAR PATENTES DE ALCOHOL Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LA COMUNA DE ARAUCO - MUNICIPALIDAD DE ARAUCO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701598749

Decreto núm. 173, publicado el 26 de Enero de 2018. APRUEBA MODIFICACIÓN A ORDENANZA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA OTORGAR, RENOVAR, CADUCAR Y TRASLADAR PATENTES DE ALCOHOL Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LA COMUNA DE ARAUCO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE ARAUCO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACIÓN A ORDENANZA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA OTORGAR, RENOVAR, CADUCAR Y TRASLADAR PATENTES DE ALCOHOL Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LA COMUNA DE ARAUCO

Núm. 173.- Arauco, 27 de enero de 2010.

Vistos:

  1. - Las disposiciones contenidas en la ley Nº 19.925.

  2. - Las disposiciones contenidas en el DL Nº 3.063, sobre Rentas Municipales.

  3. - El acuerdo de aprobación adoptado por el Concejo Municipal, en la Sesión Nº 49, Ordinaria, realizada el día 15 de enero de 2010.

  4. - Las atribuciones establecidas en los artículos 63 y 65 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Considerando:

    La necesidad de establecer un marco normativo que permita regular aspectos relativos a las patentes de alcoholes y que entregue herramientas a la autoridad a fin de poder cautelar intereses generales de la comunidad que digan relación con tales materias.

    Decreto:

  5. - Apruébese modificación de la Ordenanza Municipal sobre procedimientos para otorgar, renovar, caducar y trasladar patentes de alcohol y horario de funcionamiento de establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas en la Comuna de Arauco, en su artículo 10, letra a).

  6. - Donde dice: Depósitos de bebidas alcohólicas: Funcionarán de 10:00 a 24:00 horas. La madrugada de los días sábado y feriados, el...

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