Culpa y crimen - Principios fundamentales del derecho penal. Estudio filosófico-jurídico - Libros y Revistas - VLEX 1027971745

Culpa y crimen

AutorViktor Cathrein
Páginas61-71
61
PRINCIPIOS FUNDAMENTALESDEL DERECHO PENAL. ESTUDIO FILOSÓFICO-JURÍDICO
CAPÍTULO IV
CULPA Y CRIMEN
I. Todo castigo presupone una culpa
Ningún castigo sin culpa: con otras palabra s, solamente donde hay una culpa
se puede imponer un castigo. Este es un principio incontrovertible.
Bien sabido es que el actual movimie nto contra la pena de muerte se inició
con ocasión de habérsela impuesto a un inocente. Un cierto Juan Calas fue condena-
do a muerte en Toulouse y ejecutado el año 1762. Descubierta poco despué s la
inocencia del ajusticiado, se levantó en todas partes un grito de indignación ensor-
decedor; ¡un inocente condenado al castigo más terrible! ¡error lamentable, incapaz
de ser subsanado; odiosa injusticia que clamaba al cielo! La general indignación que
estalló en esta ocasión y suele estallar en semejantes oca siones ¿no es demostración
evidente de que todo el mundo solo considera justo el castigo impuesto a un culpa-
ble? Aun el niño se levanta irritado contra quien le casti ga sin culpa; su natural
sentimiento de la justicia se subleva contra esta sinrazón.
Por esto vemos que esta es una verdad por todos reconocida; «todos admiten
unánimemente, escribe, v. Hippel, que la responsabilidad criminal solamente al-
canza al culpable, en toda sociedad civilizada»1. También v. Bülow, asegura que los
hombres del día tan solo podemos hablar de castigo propiamente dicho cuando ha
precedido una culpa que lo motive2.
Bien pudiera ser, opina el mismo, que nuestros predecesores hubieran pensa-
do en este respecto de otro modo, y que, aun hoy día, se imponga a veces un
castigo, a pesar de no existir culpa alguna s ubjetiva en «casos aislados que descan-
san sobre concepciones atávicas». Trabajo grande les costaría ciertamente a los juris-
tas, el demostrar que nuestros predecesores han opinado alguna vez del castigo de
otro modo que nosotros. También hoy se dan casos en que el Estado castiga sin
informarse primero de la culpa subjetiva; pero en todos ellos h ay siempre por lo
menos alguna culpa jurídica, es decir, alguna transgresión objetiva de una ley o de
un ordenamiento.
Enfrente de esta culpa jurídica, puede el Estado proceder de diferentes maneras.
En muchos casos presupone, presume la culpa subjetiva, mientras no se demuestre lo
contrario; en otros no admite en general las protestas de inocencia del acusado, para
1El libre albedrío y el Derecho penal, 22.
2Gaceta jurídica al emana, 19 02, 408.

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