Conversación cuarta - Defensa de la Propiedad - Libros y Revistas - VLEX 1028612009

Conversación cuarta

AutorGustave de Molinari
Cargo del AutorMiembro de la Sociedad de Economía Política de París
Páginas53-64
53
Defensa De la ProPieDaD
conversaciÓn cUarta
Sumario.—derecho de testar—Legislación sobre la herencia.—El derecho
a heredar.—Sus resultados morales.—Sus resultados materiales.—
Comparación de la agricultura francesa con la británica.—de las
substituciones y de su utilidad.—Organización natural de las empresas
agrícolas bajo un régimen de propiedad libre.
EConomiSta. loS que se han arrogado el derecho de limitar la propiedad,
han limitado también su libre disposición. A la donación, el testamento, el
préstamo y el cambio se les ha puesto gran número de trabas.
La donación de ciertas propiedades está sujeta a las formalidades vejatorias
y dispendiosas. Sobre el testamento hay otras peores. En vez de dejar al padre
de familia la libre disposición de sus bienes, la ley le obliga a repartirlos en
porciones casi iguales a sus hijos legítimos. Si uno de los hijos resulta con
lesión en el reparto, tiene derecho a hacer casar el testamento.1
ConSErvador. ¿También vos atacáis esta ley protectora de la familia y la
propiedad?
EConom. Sí; yo ataco la ley por destructora de la propiedad y la familia. La
sociedad ha legislado sobre la herencia en nombre de un derecho superior al
de los padres de familia, ¿no es cierto? Pues ¿quién impedirá que mañana use
de ese derecho superior para incautarse de esa propiedad de cuya disposición
hoy es árbitra? Si puede decir al padre de familia: No dispongas de tus
propiedades conforme a tu voluntad, sino conforme a la mía, ¿no podrá decirle
también: en adelante quiero que dispongas de tu propiedad en favor mío? La
abolición de la herencia, esto es, la supresión de la propiedad individual, ¿no
se halla contenida en la ley que atribuye a la sociedad el derecho de disponer
soberanamente de la herencia?
La aniquilación de la autoridad paterna, es decir, la destrucción de la
familia, ¿no se halla también contenida en una ley que retira al padre de
familia el derecho a disponer libremente de sus bienes y concede a los hijos
un verdadero derecho a la herencia?
ConSErv. ¿Derecho a la herencia, decís?
EConom. Decir a los hijos: tenéis derecho a exigir de vuestro padre partes casi
iguales de herencia, cualesquiera que sean vuestra conducta y sentimientos
para con él; tenéis derecho a inutilizar su testamento si en el reparto hay lesión
1 El derecho de testar está limitado en Francia, principalmente por los artículos 913 y 915

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