Resolución núm. 231 EXENTA, publicado el 13 de Junio de 2013. DISPONE REVISIÓN DE CASOS EN QUE INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, EX INP, AUTORIZÓ PAGOS CON SUBROGACIÓN DE COTIZACIONES PREVISIONALES A BENEFICIARIOS DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA LEY 19.234, Y ESTABLECE LO QUE INDICA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468866306

Resolución núm. 231 EXENTA, publicado el 13 de Junio de 2013. DISPONE REVISIÓN DE CASOS EN QUE INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, EX INP, AUTORIZÓ PAGOS CON SUBROGACIÓN DE COTIZACIONES PREVISIONALES A BENEFICIARIOS DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA LEY 19.234, Y ESTABLECE LO QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

DISPONE REVISIÓN DE CASOS EN QUE INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, EX INP, AUTORIZÓ PAGOS CON SUBROGACIÓN DE COTIZACIONES PREVISIONALES A BENEFICIARIOS DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE LA LEY 19.234, Y ESTABLECE LO QUE INDICA

Núm. 231 exenta.- Santiago, 11 de junio de 2013.- Vistos:

1) El DFL 278, de 1960, del Ministerio de Hacienda; el DL 49, de 1973; el DL 3.502, de 1980; la ley 18.689; el DFL 17, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y la Ley 20.255, sobre Reforma Previsional, cuyo Título II establece la Institucionalidad Pública para el Sistema de Previsión Social, prescribiendo algunas normas transitorias en la materia.

2) La ley 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó en el decreto con fuerza de ley 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la ley 10.336.

3) La Constitución Política de la República de Chile, en especial su artículo 7; la ley 19.880; la ley 19.260; la ley 19.234, y sus modificaciones, que establece beneficios previsionales por gracia para personas exoneradas por motivos políticos en lapso que indica; y el decreto supremo 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que, derogando el decreto supremo 85, de 1993, de igual origen, aprueba el Reglamento de la citada ley 19.234.

4) La resolución exenta 1.378, de 18 noviembre de 2004, del Director Nacional, que delega en funcionarios que indica, la facultad de dictar resoluciones exentas que aprueben o rechacen las solicitudes de pago con subrogación, cuando sean presentadas por un exonerado político; la resolución exenta 182, de 19 de febrero 2009, del Director Nacional; y la resolución exenta 203, de 11 de agosto de igual año y origen, que, dejando sin efecto la anterior, aprueba procedimiento de pago de imposiciones con subrogación en el caso de exonerados políticos.

5) El decreto supremo Nº 27, de 21 de diciembre de 2012, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que nombra al suscrito en el cargo de Director Nacional del Instituto de Previsión Social, en carácter de transitorio y provisional.

6) La resolución 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

1) Que las instrucciones y dictámenes emitidos por la Contraloría General de la República, así como los evacuados, dentro de las materias de sus respectivas competencias, y con sujeción a aquélla, por la...

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