Capítulo VIII. El porvenir de la casación - Casación civil - Libros y Revistas - VLEX 1022498336

Capítulo VIII. El porvenir de la casación

AutorPiero Calamandrei
Páginas149-160
149
CasaCión Civil
CAPÍTULO VIII
el porvenir de la casació n
Sumario: 62. La unicación de la casación y los problemas de
su mejor adaptación práctica a su función.—63. Unidad
de la jurisprudencia en el espacio, no en el tiempo: falta
de actuabilidad de las propuestas de dar a las decisiones
de la Corte de casación valor de leyes interpretativas.—64.
a) Extensión del control a categorías de sentencias hoy
excluidas—65. b) Mayor ecacia del control: α) Mediante
aumento de la potencialidad de actuación de la Corte.—66.
β) Mediante reducción del trabajo: propuestas prácticas.—67.
Retoques a la estructura procesal del recurso.—68. Contra
la tendencia a transformar la Corte de casación en juez de
hecho.
62. la UniFicación de la ca sación Y los proBlemas de sU mejor
adaptación práctica a sU FUn ción
El debate entre defensores de la casación y defensores de la tercera
instancia, que desde el momento de la constitución del Reino de Italia
no parece haber remitido nunca mientras subsistieron las casaciones
regionales1, solo es hoy un recuerdo histórico: el instituto de la casación
después de la unicación anhelada durante medio siglo y conseguida
nalmente en 1923, como a manera de símbolo de la unidad nacional
plenamente lograda, ha entrado denitivamente a formar parte, no
solo en la letra, sino también en el espíritu de nuestro ordenamiento
constitucional, como supremo órgano regulador de la jurisprudencia
y garantía de la legalidad igual para todos. El reforzamiento de la
Autoridad del Estado operado en Italia durante este último decenio,
no podía menos de reforzar a la vez la idea que sirve de base a la
casación y que es todavía, si bien bajo formas procesales elaboradas
en los siglos por el concurso de factores históricos heterogéneos, la
idea romana de la prevalencia del interés público sobre el interés
1 Cfr. Literatura de mi Cassazione, vol. II, pág. 397, n. 128, nota 1.

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