Afectaciones al debido proceso y eficientismo penal en el procedimiento abreviado - El procedimiento abreviado ¿Una expresión de garantismo o de punitivismo en el sistema penal? - Libros y Revistas - VLEX 976308356

Afectaciones al debido proceso y eficientismo penal en el procedimiento abreviado

AutorJosé Sebastián Cornejo Aguiar/Medardo Luzuriaga Zurita
Páginas47-74
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El procEdimiEnto abrEviado. ¿U na ExprEsión dE garantismo
o dE pUnitivismo En El sistEma pE nal?
caPÍtulo ii
afectaciones al deBido Proceso y eficientisMo
Penal en el ProcediMiento aBreviado
Como se ha manifestado podría decirse que una de las ideas
principales del procedimiento abreviado es lograr sentencias en
un lapso razonable, con fuerte ahorro de recursos, pero con una
particularidad, la cual consiste en que en la legislación Ecuatoriana
se encuentra dirigido exclusivamente para delitos considerados como
leves, ya que estos no superan los diez años, es decir se trata de acordar
un punto entre el mínimo y menos un tercio de la escala penal para el
acusado, que acepte someterse a dicho procedimiento.
En ese orden de ideas podría parecer que el procedimiento
abreviado resulta una buena opción, sin embargo es necesario realizar
ciertas precisiones, tales como que el procedimiento abreviado podría
decirse tiene reminiscencias de la plea bargalning americana, que se
basa de: “[…] una verdadera negociación de la acción penal, mediante
la cual el scal puede concertar con el imputado condiciones más
favorables para éste último, siempre a cambio de su confesión, lo que
se expresa nalmente en la imposición de una pena menor a la que
correspondería […]”.1
Lo cual nos pone analizar si el debido proceso, se está respetando con
el cumplimiento de todos sus preceptos, debiendo recordar que como
es de conocimiento el debido proceso es: “[…] un derecho fundamental
complejo de carácter instrumental, continente de numerosas garantías
de las personas, y constituido en la mayor expresión del derecho
procesal. Se trata de una institución integrada a la Constitución y que
posibilita la adhesión de unos sujetos que buscan una tutela clara de
sus derechos.”2
1 Alfredo Bovino,. “Simplicación del procedimiento y Juicio abreviado “(Argentina-
Córdoba: Primeras Jornadas Provinciales de Derecho Procesal, Colegio de Abogados de
Córdoba, 1995), p.591.
2 Arturo Hoyos,. El Debido Proceso, (Bogotá- Colombia: Temis, 1998) p. 54.
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José sebastián CorneJo aguiar/Medardo Luzuriag a zurita
Que implica se analice si en este procedimiento abreviado por
su propia naturaleza se está garantizando o no el debido proceso,
debiendo recordar que la expresión “la garantía del debido proceso
es el continente y las reglas (derechos o facultades procesales) son los
contenidos que coneren entidad o existencia de aquélla”.3
Ergo, vale reiterar que el operador del derecho, principalmente, por
lo general en la naturaleza procesal penal siempre debe garantizar
que en el ámbito penal prevalezca el respeto a la dignidad humana,
velando por el respeto al principio de inocencia del imputado, de
tal manera que ninguna autoridad podrá presentarlo como culpable
mientras no exista sentencia que así lo declare.
Presupuesto que en el Estado de derechos y justicia como lo es el
Ecuador, se ve reejado en el reconocimiento de diversas garantías
procesales que constituyen exigencia para las autoridades que vigilen
su cumplimiento, permitiendo así garantizar el funcionamiento
adecuado del ordenamiento jurídico, debido a que el proceso, es el
conjunto de actos coordinados que se ejecutan para un n el cual
es garantizar la tutela de los derechos tanto de la víctima como del
procesado.
A estos efectos, podría decirse que la información sobre
imputaciones alzadas contra una persona deberá ser efectuada de una
forma objetiva, y más no solo con la simple aceptación por parte del
procesado del cometimiento del hecho delictivo, como es el caso del
procedimiento abreviado.
Ya que lo único que se estaría logrando con este procedimiento
abreviado es la obtención de sentencias condenatorias en el menor
tiempo posible, sin entender en contexto lo que implica la privación
de la libertad, que en palabras de Vicenzo Manzini “Es el estado de
privación de la libertad personal en que a los nes del proceso penal, viene a
encontrarse el imputado a consecuencia de la ejecución de un mandato o de
una orden de arresto o de captura o de la legitimación del arresto sin mandato,
o de la convalidación de la detención o de la constitución en cárcel4.
En donde mediante acto judicial se priva de la libertad a una
persona, condición que trae consigo una consecuente suspensión o
restricción de derechos como los de libertad física y tránsito, que en
palabras de Gustavo Alberto Arocena, constituye la ejecución de la
pena privativa de libertad como un instrumento que de alguna manera
logra restablecer en el condenado el respeto por las normas penales
3 Alberto Binder, “Introducción al Derecho Procesal Penal, (Buenos Aires- Argentina:
Editorial Ad-Hoc, 2001).p. 15.
4 Vicenzo Manzini, Tratado de Derecho Procesal Penal (Buenos Aires: Editorial el foro
Argentina, 1996), p.629.

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