Tramitación de las excepciones - Manual de Juicio Ejecutivo - Libros y Revistas - VLEX 939703200

Tramitación de las excepciones

Páginas70-78
68 Víctor Soto ramírez
Editorial El Jurista
TRAMITACIÓN DE LAS EXCEPCIONES
Opuesta la o las excepciones por el ejecutado, continúa la
marcha regular del cuaderno principal o cuaderno ejecutivo,
otorgándose traslado al ejecutante por un plazo de 4 días,
el que se notica por el Estado Diario. Este traslado es una
forma de actuación procesal de las llamadas con audiencia,
y tiene por objeto que el ejecutante responda o manieste lo
que estime conveniente a su derecho en relación con las ex-
cepciones opuestas por el ejecutado.
Ahora bien, con o sin la respuesta del ejecutante se debe
proceder a declarar la admisibilidad o inadmisibilidad de las
excepciones opuestas, obviamente una vez evacuado el trá-
mite en rebeldía del ejecutante si no ejerció su derecho.
LA ADMISIBILIDAD O INADMISIBILIDAD DE LAS EXCEP-
CIONES
¿Qué tendrá que examinar u observar el Juez para deter-
minar si las excepciones opuestas son o no admisibles?
1. Que se hayan opuesto dentro del plazo legal; (4, 8, o
más el aumento según la tabla de emplazamiento)
2. Que sea alguna de las que enumera taxativamente el
artículo 464 CPC; y
3. Que el escrito de oposición cumpla con los requisitos
del artículo 465 CPC.
Si concurren estos requisitos el juez declarará admisible
las excepciones opuestas, cuyo único alcance jurídico va a
ser el que las excepciones serán tramitadas.
Por el contrario, si no cumple con alguno de estos requisi-
tos, las excepciones van a ser declaradas inadmisibles.

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