Tecnologías de reconocimiento facial en Colombia: Análisis comparativo en relación con la protección de datos - Núm. 29-1, Enero 2023 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 929689848

Tecnologías de reconocimiento facial en Colombia: Análisis comparativo en relación con la protección de datos

AutorMaría Lorena Flórez Rojas y Angélica María Camelo Pimienta
CargoPhD cum laude Scuola Superiore Sant'Anna en Italia, con Máster en Derecho y Tecnología de la Universidad de Tilburgo en Holanda y Abogada de la Universidad de Los Andes/Estudiante LLM Berkeley Program
Páginas3-26
Revista Ius et Prax is, Año 29, Nº 1, 2023
María Lorena Flórez Rojas ı Angélica María Camelo Pimienta
pp. 3 - 26
3
Revista Ius et Praxis
Talca, Chile, 2023
Artículo
Fecha de recepción: 2022-05 -31; fecha d e aceptación: 2022 -09-28
TECNOLOGÍAS DE RECONOCIMIENTO FACIAL EN COLOMBIA:
ANÁLISIS COMPARATIVO EN RELACIÓN CON LA PROTECCIÓN DE DATOS
Facial recognition technologies in Colombia:
Comparative analysis in relation to data protection
MARÍA LORENA FLÓREZ ROJAS *
ANGÉLICA MARÍA CAMELO PIMIENTA**
Universidad de Los Andes
Resumen
La tecnología de reconocimiento facial es un ejemplo de tecnología blanda y flexible, cuyo funcionamiento se
basa en datos biométricos, los cuales son procesados por sistemas algorítmicos que permiten la identificación
o verificación de ind ividuos. Puede ser aplic ada a una diversidad de situaciones, tales co mo verificación de
identidad en transacciones bancarias, o asistencia a personas en condición de discapacidad, entre otras. El
presente artículo r ealiza un análisis de la regulación colom biana sobre protección de datos en relac ión con
las tecnologías de r econocimiento facial en contraste con la regulación de la Unión Europea y de los Estados
de California e Ill inois en los Estad os Unidos. El objetivo Fecha de recepción: 202 1-03-01; fecha de aceptación:
2021-11-03nacional para enfrentar los riesgos y desafíos planteados por este tipo de tecnología y en esa
medida plantear una propuesta en caso de que la norma resulte no serlo.
Palabras clave
Reconocimiento facial, biometría, protección de datos.
Abstract
Facial recognition technology is an example of soft and flexible technology, whose operation is based on
biometric data, whic h are processed b y algorithmic sys tems that allow the id entification or ver ification of
individuals. It can b e applied to a variety of situations , such as identity verification in ban king transactions, or
assistance to people with disabilities, among oth ers. This article makes an analysis of the Colombian regulation
on data protection in relation to facial recognition technologies in contrast with the regulation of the
European Union and the States of California and Illinois in the United States. The obj ective of this article is to
make a comparative an alysis as to the relevance of th e national regulation to face the risks and ch allenges
posed by this type of technology and, to that extent, to make a proposal in case the regulation turns out not
to be adequate.
Key words
Facial recognition, biometrics, data protection.
Introducción
La tecnología de reconocimiento facial (TRF) es una herramienta adoptada tanto por el
sector privado como en el público para brindar diversidad de bienes y servicios. Por ejemplo, el
Mastercard FaceID d e la compañía Mastercard Interna tional Inc para facilitar pagos 1; los iPhone
* PhD cum laude Scuola Superiore Sant'Anna en Italia, con Máster en Derecho y Tecnología de la Unive rsidad de Tilburgo en Holanda y
Abogada de la Universidad de Los Andes. Actualmente es profesora de la U niversidad de Groningen en Países Bajos e Investigadora del
Centro CINFONIA de Inteligencia Artificial de la Univer sidad de los Andes, Bogotá. Correo: m.l.florez.rojas@rug.n l.
** Estudiante LLM Berkeley Program. Abogada de la Universidad de Los Andes con especialización en Derecho Comercial universidad y
Mágister en Derecho Privado de la misma univer sidad. Bogotá, Colombia. Correo: am.camelo10@uniandes.edu.co.
1 WONG (2020), pp. 189-229.
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modelo X, el iPad Pro y Air 2020 de Apple, Inc. que incluyen dicha herramienta como mecanismo
de seguridad para acceder al contenido de los celulares y tabletas; Google Photos y Facebook
con su etiquetado automático de fotos; Walmart para mejorar la experiencia de compra de sus
clientes2; entre otros.
Esta implementación de la TRF por el sector privado ha causado un uso y circulación
masiva de datos personales, ocasionado conflictos entre los titulares de la información y las
empresas que recolectan y usan estos datos. Sobre el particular, en Patel v. Facebook, 2015, los
demandantes alegaban que Facebook había infringido la ley de datos biométricos del Estado de
Illinois al utilizar datos biométricos faciales de los usuarios obtenidos a partir de las fotos subidas
a la plataforma para perfilarlos, crear plantillas faciales y sugerir de manera automática
etiquetados en dichas fotos, lo que permitía no solo identificar personas particulares dentro de
las millones de fotos subidas a Facebook, sino también su localización3.
En esta línea, el estudio “Global biometri c technologies market reven ue from 2018 to
2027”, publicado por Statista en 20194, indicó que según las cifras de crecimiento de tecnologías
biométricas obtenidas durante 2018 y 2019, se podía proyectar un crecimiento de
aproximadamente 38.8 billones de dólares en los próximos siete años, llegando a tener
ganancias cercanas a los 56 billones de dólares en el 2027. Si bien, con los datos obtenidos por
medio de este estudio no es posible afirmar que el uso d e la tecnología aumenta entre los
consumidores, el hecho de que las ganancias lo hagan, indica una tendencia de crecimiento del
mercado de este ti po de tecnologías.
Colombia no es ajena a la innovación e implementación de todo tipo de tecnologías,
incluyendo la TRF. Actualmente se encuentran en el mercado nacional productos y servicios con
este tipo de tecnología, algunos de ellos permiten realizar transacciones bancarias desde el
celular, solicitando cada cierto tiempo el escaneo del rostro para verificar la identidad; otros han
incursionado en el reemplazo de las contraseñas por el escaneo facial en aplicaciones bancarias;
o incluso la comercialización de equipos móviles que utilizan el reconocimiento facial como
mecanismo de seguridad. Con todo lo anterior, es relevante preguntarse si ¿Es el marco
regulatorio colombiano relativo a la protección de datos suficiente o es necesario adoptar algún
cambio normativo o pragmático para enfrentar los desafíos planteados por la adopción de las
tecnologías de TRF por parte del sector privado, teniendo en cuenta la experiencia de los estados
de California e Illinois en los Estados Unidos y la Unión Europea?
1. Tecnología de reconocimiento facial (TRF)
La palabra ‘tecnología’ no tiene una única definición y no existe consenso ni científico ni
académico sobre ello. Según la Real Academia se entiende por tecnología un “[c]onjunto de
teorías y de técnicas q ue permiten el a provechamiento práctic o del conocimiento ci entífico”,
cuyo origen proviene de las expresiones griegas ‘techne’ y ‘logos’ que significan arte y razón
respectivamente 5. De igual forma, la Agencia Espacial Europea, establece que tecnología es “(…)
la aplicación práctica del conocimiento para que algo absolutamente nuevo pueda ser realizado,
o que algo se pueda hacer de una forma completamente novedosa”6. No obstante, para Aunger,
establece que la tecnología es más“(…)acerca de la interacción c on artefactos en con textos
particulares de participación”7 lo que evidencia una concepción de tecnología ligada al concepto
evolucionista y filosófico. Así, para el propósito de la presente investigación, es posible afirmar
que la tecnología implica dos elementos. De un lado, un factor transformador del conocimiento
científico para crear productos nuevos o cambiar la forma en que se realizan las cosas; de otro,
2 CRAWFORD (2019), p. 565; MANN e t al. (2017) pp. 121-145.
3 United States Court of Appeals for the ninth circuit, N. 18-15982, 8 de agosto de 2019.
4 STATISTA (2022).
5 RAE (2021).
6 ESA (2021).
7 AUNGER (2010), p. 764.

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