Recensión: Rivista Trimestrale di Diritto Penale dell'Economia, Año XX (2007), fascículos 3 y 4 - Núm. 6, Julio 2008 - Política Criminal - Libros y Revistas - VLEX 51364910

Recensión: Rivista Trimestrale di Diritto Penale dell'Economia, Año XX (2007), fascículos 3 y 4

AutorRaúl Carnevali R.
CargoDr. en Derecho, Profesor Asociado y Subdirector del Centro de Estudios de Derecho Penal de la Universidad de Talca rcarnevali@utalca.cl
Páginas10-11

Page 10

En la sección doctrina del número 3 se contienen los siguientes artículos: Paolo Aldrovandi de la Università di Milano Bicoca escribe sobre "Los 'modelos de organización y de gestión' en el Decreto Ley de 8 de junio de 2001 n. 231: aspectos problemáticos de la 'ingerencia penalística' en el 'gobierno' de las sociedades" (p. 445-486). En él expone que el decreto legislativo n. 231 de 2001 que introduce la responsabilidad "administrativa" de las personas jurídicas, marcaría un cambio importante en las relaciones entre la dirección de las empresas y el Derecho penal, pues este último abandonaría su rol tradicional estrictamente sancionatorio para intervenir en la reglamentación de la existencia de las personas jurídicas. Aquello, por cierto, es constitutivo de riesgos importantes, pues puede dar lugar a un multiplicación de las responsabilidades individuales. Por otro lado, el autor destaca las dificultades que ofrece el Art. 6 del decreto en comento, en cuanto servir como excusa respecto de las infracciones que pueden cometer los órganos y dirigentes. Asimismo, se cuestiona la inclusión dentro de los 'delitos de consecuencia', el homicidio y las lesiones imprudentes que tienen lugar por infracción de las normas referidas a la protección por accidentes de trabajo y las relativas a la higiene y salud en los lugares de trabajo. En definitiva, el autor considera necesario fundar la responsabilidad de las personas jurídicas por las infracciones cometidas por los órganos dirigenciales de la sociedad sobre la base de la relación de identificación orgánica, dejándose de lado lo dispuesto en el Art. 6 recién citado. A continuación, Anna Maria Maugeri de la Università di Catania en su artículo titulado "La lucha contra la acumulación de patrimonios ilícitos de parte de las organizaciones criminales: orientaciones recientes" (p. 487-593), señala que se ha adquirido especial conciencia acerca de la relevancia de las sanciones administrativas dentro del marco de la lucha contra la criminalidad organizada. Para ello la autora examina los recientes pronunciamientos, tanto legislativos como jurisprudenciales, haciendo presente que una reforma al Código penal italiano en materia de confiscación ―Art. 240― aún no se ha producido. Si bien se ha sostenido la posibilidad de la confiscación de los beneficios brutos a las personas jurídicas ―Art. 19 del decreto ley 231/01― surgen cuestionamientos desde la perspectiva del principio de proporcionalidad...

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