Resolucion núm. 77, el 06 de Agosto de 2012. APRUEBA REGLAMENTO DE BASES FONDO DE DEPORTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANTOFAGASTA AÑO 2012 - GOBIERNO REGIONAL II REGIÓN DE ANTOFAGASTA - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917949290

Resolucion núm. 77, el 06 de Agosto de 2012. APRUEBA REGLAMENTO DE BASES FONDO DE DEPORTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANTOFAGASTA AÑO 2012

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL II REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Rango de LeyResolución

APRUEBA REGLAMENTO DE BASES FONDO DE DEPORTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANTOFAGASTA AÑO 2012

Núm. 77.- Antofagasta, 6 de julio de 2012.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado; Ley 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, que ha sido fijada por el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.175 de 2005 del entonces denominado Ministerio del Interior, actual Ministerio del Interior y Seguridad Pública; Ley de Presupuestos Nº 20.557 que aprueba el presupuesto del sector público para el año 2012; decreto ley Nº 1.263 de 1975 Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado; Ley Nº 10.336 de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; la resolución Nº 759 del año 2003 de la Contraloría General de la República; la resolución exenta Nº 57 de fecha 16 de enero de 2012; acuerdo CORE Nº 10751-12, 10752-12, 10753-12, 10754-12, 10755-12 y 10756-12, todos de la sesión ordinaria Nº 458 de 5 de enero de 2012; acuerdo CORE Nº 10792-12 y 10793-12, de la sesión ordinaria Nº 461 de 24 de febrero de 2012; acuerdo CORE Nº 10830-12 de la sesión ordinaria Nº 462 de 9 de marzo de 2012; acuerdo CORE Nº 10951-12 y 10955-12, ambos de la sesión extraordinaria Nº 299 de 25 de junio de 2012; Art. 52 de la Ley 19.880 Sobre Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; y la resolución Nº 1.600 de la Contraloría General de la República del año 2008;

Considerando:

- Que mediante acuerdo Nº 10751-12, adoptado en sesión ordinaria Nº 458 de 5 de enero del presente año del Consejo Regional, se aprobó el Reglamento de Bases Generales del Fondo de Deportes del Gobierno Regional de Antofagasta proceso 2012.

- Que, mediante acuerdo Nº 10752-12, adoptado en sesión ordinaria Nº 458 de 5 de enero del presente año del Consejo Regional, se aprobó modificar la redacción del título 4 concursantes del documento de bases del Fondo de Deportes del Gobierno Regional de Antofagasta proceso 2012.

- Que, mediante acuerdo Nº 10753-12, adoptado en sesión ordinaria Nº 458 de 5 de enero del presente año del Consejo Regional, se aprobó modificar la redacción del párrafo uno del título 21 Evaluación, del documento de bases del Fondo de Deportes del Gobierno Regional de Antofagasta proceso 2012.

- Que, mediante acuerdo Nº 10754-12, adoptado en sesión ordinaria Nº 458 de 5 de enero del presente año del Consejo Regional, se aprobó modificar la redacción del subtítulo A1 Aportes de terceros (15 puntos) del título 21 Evaluación del documento Reglamento de bases del Fondo de Deportes del Gobierno Regional de Antofagasta proceso 2012.

- Que, mediante acuerdo Nº 10755-12, adoptado en sesión ordinaria Nº 458 de 5 de enero del presente año del Consejo Regional, se aprobó modificar la redacción del subtítulo 6.1 Vía Concurso del título 6 Modalidad de Asignación de Fondos del documento Reglamento de bases del Fondo de Deportes del Gobierno Regional de Antofagasta proceso 2012.

- Que, mediante acuerdo Nº 10756-12, adoptado en sesión ordinaria Nº 458 de 5 de enero del presente año del Consejo Regional, se aprobó modificar la redacción del subtítulo A.2 Atención de Grupo Prioritario (5 puntos) del título 21 Evaluación del documento Reglamento de bases del Fondo de Deportes del Gobierno Regional de Antofagasta proceso 2012.

- Que, con fecha 16 de enero de 2012, se dictó la resolución exenta Nº 57 que aprobó el Reglamento de bases Fondo de Deporte del Gobierno Regional de Antofagasta proceso 2012.

- Que, mediante acuerdo Nº 10792, adoptado en sesión ordinaria Nº 461 de 24 de febrero de 2012 del Consejo Regional, se aprobó en la línea especial de financiamiento el proyecto "Participación en campeonatos nacionales de tenis de mesa primer semestre 2012".

- Que, mediante acuerdo Nº 10793, adoptado en sesión ordinaria Nº 461 de 24 de febrero de 2012 del Consejo Regional, se aprobó en la línea especial de financiamiento el proyecto "Badminton Antofagastino, preparándose para el campeonato sudamericano".

- Que, mediante acuerdo Nº 10830, adoptado en sesión ordinaria Nº 462 de 9 de marzo de 2012 del Consejo Regional, se aprobó en la línea especial de financiamiento los siguientes proyectos: 1) "Preparación en altura selecciones atletismo, ciclismo y judo Judejut 2012"; 2) "Preparación y participación al campeonato mundial de cheerleaders"; 3) "Regional de rayuela Chuquicamata 2012" y 4) "Preparación y participación de nadadores para los Judejut Perú 2012".

- Que, mediante acuerdo Nº 10951-12, adoptado en sesión extraordinaria Nº 299 de 25 de junio de 2012 del Consejo Regional, se acordó por unanimidad aprobar las modificaciones al reglamento de bases del Fondo de Deportes del Gobierno Regional de Antofagasta proceso 2012.

- Que, mediante acuerdo Nº 10955-12, adoptado en sesión extraordinaria Nº 299 de 25 de junio de 2012 del Consejo Regional, se acordó por unanimidad aprobar la convalidación de los actos y procesos desarrollados en virtud de los procesos concursables realizados con anterioridad a la fecha de este acuerdo.

- Que la glosa 2.1 común a los programas 02 de los Gobiernos Regionales de la Ley 20.557 de Presupuestos del Sector Público año 2012, establece la posibilidad de destinar un 2% del total de sus recursos a subvencionar actividades deportivas que efectúen las municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro.

- Que, el artículo 52 de la Ley 19.880 Sobre Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, establece que los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo cuando produzcan consecuencias favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros.

- Que, en atención a que el proceso de asignación de recursos del 2% de deporte comenzó su ejecución y se encuentran efectuadas asignaciones de recursos, existen terceros que adquirieron válidamente sus derechos y, por tanto, se solicita que por este acto se convaliden las iniciativas presentadas dentro de los plazos de postulación señalados en el presente Reglamento y los actos ya ejecutados de la línea especial de financiamiento, en relación al Fondo de Deporte Gobierno Regional de Antofagasta Año 2012.

- Que, en virtud del dictamen Nº 18193, de fecha 29 de marzo de 2012, se establece la obligatoriedad de enviar el reglamento de la especie al trámite de toma de razón.

- Que, el Gobierno Regional de la Región de Antofagasta ha adoptado las medidas necesarias y controles internos a fin de cumplir con lo establecido en la glosa presupuestaria y cumplir con el control preventivo de juridicidad en su debida oportunidad.

Resuelvo:

  1. - Déjese sin efecto la resolución exenta Nº 57 de fecha 16 de enero de 2012.

  2. - Apruébase el "Reglamento de Bases del Fondo de Deporte del Gobierno Regional del año 2012".

  3. - Convalídense las iniciativas presentadas dentro de los plazos de postulación señalados en el presente Reglamento y los actos ya ejecutados de la línea especial de financiamiento, en relación al Fondo de Deporte Gobierno Regional de Antofagasta Año 2012, y según el Art. 52 de la Ley 19.880 sobre Base de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado, que establece que los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo cuando produzcan consecuencias favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros, que se individualizan en anexo adjunto.

  4. - Declárase que el documento que se aprueba por la presente resolución es del siguiente tenor:

    REGLAMENTO DE BASES FONDO DE DEPORTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANTOFAGASTA AÑO 2012

  5. - ANTECEDENTES

    La ley 20.557 que aprueba el presupuesto del Sector Público para el Año 2012, según la glosa común de los gobiernos regionales 02.2.2.1 permite a los Gobiernos Regionales "destinar hasta un 2% de sus recursos a subvencionar las actividades de carácter deportivo que determinen, que efectúen las municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro".

    Los objetivos generales de la subvención del Fondo de Deportes del Gobierno Regional de Antofagasta son:

  6. Fomentar y apoyar a los organismos públicos de la Región de Antofagasta e instituciones sin fines de lucro, a potenciar desarrollo de actividades deportivas,

  7. Masificar la realización de actividades físicas y deportivas,

  8. Posicionar los valores y beneficios de la práctica del deporte,

  9. Fortalecer el nivel formativo de niños y jóvenes,

  10. Mejorar el nivel competitivo de quienes practican actividad física,

  11. Responder a la demanda de adultos mayores,

  12. Incorporar a la mujer en la práctica permanente,

  13. Apoyar a los deportistas destacados de la región,

  14. Masificar actividades deportivas emergente y

  15. Contribuir a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Región de Antofagasta.

  16. - PROPÓSITO

    El siguiente documento establece los criterios, etapas, plazos y organismos responsables que intervienen en el proceso de asignación de subvenciones del Fondo de Deportes del Gobierno Regional de Antofagasta, durante la postulación, selección y ejecución de iniciativas deportivas, con el objeto de regular la decisión que al Consejo Regional le corresponde en esta materia.

    La asignación de estos recursos se efectuará en forma transparente y competitiva, en base a los proyectos de las diferentes entidades postulantes, las que se someterán a la presente metodología y lo que disponga en la materia la Ley de Presupuestos.

  17. - MODALIDADES

    El Fondo del 2% de Deporte financiará en parte o en su totalidad iniciativas en las siguientes áreas de postulación según la disciplina y modalidades que a continuación se indican.

    3.1.- DEPORTE FORMATIVO

    Se entiende por Formación para el Deporte a la aplicación de procesos de enseñanza-aprendizaje a cargo de profesionales o técnicos para el desarrollo en las personas de aptitudes, habilidades y destrezas para la práctica deportiva.

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