Resolución núm. 6590 EXENTA, publicada el 11 de Noviembre de 2017. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 8.569, DE 2013, QUE ACTUALIZA PROGRAMA DE BIOSEGURIDAD PARA RECINTOS FERIALES Y DEROGA RESOLUCIÓN N° 4.887, DE 2005
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 8.569, DE 2013, QUE ACTUALIZA PROGRAMA DE BIOSEGURIDAD PARA RECINTOS FERIALES Y DEROGA RESOLUCIÓN N° 4.887, DE 2005
Núm. 6.590 exenta.- Santiago, 27 de octubre de 2017.
Vistos:
Lo establecido en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servido Agrícola y Ganadero; en el DFL RRA Nº 16 de 1963, del Ministerio de Hacienda, que establece normas sobre Sanidad y Protección Animal; en la ley Nº 20.380, sobre Protección de los animales; en los decretos supremos Nº 240 de 1993, que establece el Reglamento General de Transporte de Ganado y Carne Bovina; Nº 56 de 1983, que establece el Reglamento de Ferias de Animales; Nº 46 de 1978, que aprueba Reglamento para la prevención y control de la Fiebre Aftosa; Nº 29 de 2012, que aprueba reglamento sobre protección de los animales durante su producción industrial, su comercialización y en otros recintos de mantención de animales; Nº 30 de 2012, que aprueba reglamento sobre protección del ganado durante el transporte y Dto. Nº 117 de 2014, que designa Director Nacional del SAG, todos del Ministerio de Agricultura; resolución Nº 8.569 de 2013, del Servicio y Nº 1.600, de la Contraloría General de la República que fija normas de exención de trámite de toma de razón.
Considerando:
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Que, el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de velar por el patrimonio zoosanitario del país.
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Que, mediante resolución Nº 8.569, de 2013, se actualizó el Programa de Bioseguridad para Recinto Feriales.
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Que, existen avances tecnológicos y acciones paliativas que igualmente cumplen con el objetivo de las medidas exigidas por el Servicio, permitiendo a los usuarios tener a su disposición otras alternativas.
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Que, se hace necesario clarificar algunos puntos específicos de la resolución Nº 8.569, para un mejor entendimiento de éstos.
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Que, es necesario actualizar las medidas sanitarias en lo relativo a infraestructura y funcionamiento de los Recintos Feriales.
Resuelvo:
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Modifícase la resolución Nº 8.569, de 2013, de este Servicio, de la manera siguiente:
1.1 Reemplázase en el numeral 1, letra a, punto iii, la frase "Debe ser de material lavable, desinfectable, con piso antideslizante con una pendiente de 25%, por la siguiente:
"iii. Debe ser de material lavable, desinfectable, con piso antideslizante con una pendiente adecuada para el descenso de los animales.".
1.2 Reemplázase en el numeral 1, letra b, punto i la frase:
"Se debe contar con un Médico...
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