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Resolución núm. 6215 EXENTA, publicada el 18 de Noviembre de 2022. CREA SISTEMA DE VIGILANCIA SANITARIA DE LOS ANIMALES TERRESTRES Y DEROGA RESOLUCIONES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

CREA SISTEMA DE VIGILANCIA SANITARIA DE LOS ANIMALES TERRESTRES Y DEROGA RESOLUCIONES QUE INDICA

Núm. 6.215 exenta.- Santiago, 26 de octubre de 2022.

Vistos:

Ley 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); ley N° 4.601, sobre caza y artículo 609 del Código Civil; DFL RRA N° 16 de 1963, de Sanidad y Protección Animal; decreto del Ministerio de Tierras y Colonización N° 318 de 1925, Reglamento para la aplicación de la Ley de Policía Sanitaria Animal; decreto exento N° 389 de 2014, y sus modificaciones, que Establece Enfermedades de Declaración Obligatoria (EDO); decreto N° 66, de 2022, del Ministerio de Agricultura, que establece orden de subrogancia de la Dirección Nacional del Servicio; decreto N° 1.375, de 2010, del Ministerio de Salud, que aprueba Norma Técnica N° 117 sobre inspección médico veterinaria de aves de corral y de sus carnes; Res. Ex. N° 6.774 de 2015, que actualiza Programa Oficial de Trazabilidad Animal; Res. Ex. N° 3.571, de 2020, que aprueba Reglamento General del Sistema Nacional de Autorización de Terceros y sus modificaciones, Res. Ex. N° 3.466 de 2017, que crea listado, reconoce resultados de laboratorios de diagnóstico veterinario para programas sanitarios y ordena comunicación de resultados, y resolución exenta N° 908/2012, que aprueba Instructivo Técnico de comunicación de diagnósticos de laboratorios veterinarios, todas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; decreto N° 16 de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los acuerdos y anexos, entre ellos el de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; y las recomendaciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA, fundada como OIE); resolución exenta N° 711 de 16 de julio de 2002, del Ministerio de Salud, que establece la Norma General Técnica N° 62 sobre inspección médico veterinaria de las reses y sus carnes; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece actos administrativos sujetos al trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada de proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país y certificar la aptitud de consumo humano de los productos de origen animal y vegetal para la exportación.

  2. Que, el Capítulo 1.4. del Código para los Animales Terrestres, de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), establece los aspectos a considerar para la vigilancia sanitaria de los animales terrestres.

  3. Que la vigilancia tiene por objeto demostrar la ausencia de infección o infestación, determinar la presencia o introducción de una infección o infestación, o detectar en forma precoz la presencia de enfermedades exóticas, nuevas o emergentes, reemergentes y/o zoonóticas, monitorear las enfermedades endémicas en su distribución y frecuencia y detectar casos de enfermedades presentes en el país.

  4. Que la vigilancia sanitaria de los animales es una herramienta destinada a seguir las tendencias de las infecciones o infestaciones, facilitar su control, brindar los datos necesarios para el análisis del riesgo en el marco de la sanidad animal y la salud pública, justificar las medidas sanitarias y suministrar garantías a los socios comerciales.

  5. Que las necesidades actuales para desarrollar una adecuada vigilancia sanitaria de los animales requieren de una activa participación de los diferentes actores involucrados, como el sector productivo privado...

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