Resolución núm. 5627 EXENTA, publicada el 14 de Septiembre de 2021. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.269 DE 2007, QUE ESTABLECE REGULACIONES PARA MATERIAL DE REPRODUCCIÓN DE KIWI (ACTINIDIA SPP.) PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 875663218

Resolución núm. 5627 EXENTA, publicada el 14 de Septiembre de 2021. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.269 DE 2007, QUE ESTABLECE REGULACIONES PARA MATERIAL DE REPRODUCCIÓN DE KIWI (ACTINIDIA SPP.) PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.269 DE 2007, QUE ESTABLECE REGULACIONES PARA MATERIAL DE REPRODUCCIÓN DE KIWI (ACTINIDIA SPP.) PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA

Núm. 5.627 exenta.- Santiago, 6 de septiembre de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, la ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, el decreto ley Nº 3.557 de 1980 sobre Protección Agrícola y el decreto Nº 510 de 2016, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), ambos del Ministerio de Agricultura, el decreto Nº 112 de 2018, del Ministerio de Agricultura, que nombra al Director Nacional del SAG, la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República; las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, promulgado por el decreto Nº 144 de 2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores, las resoluciones Nos 1.523 de 2001, 3.080 de 2003, 3.815 de 2003, 2.878 de 2004, 2.269 de 2007, 6.383 de 2013, 7.315 de 2013, 7.316 de 203, 7.317 de 2013, 1.284 de 2021, y sus modificaciones, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio o el SAG, es la autoridad encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, y bajo este marco está facultada para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, las que pueden provenir de mercancías importadas.

  2. Que el Servicio está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados, a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.

  3. Que, en virtud de esa facultad, el Servicio dictó la resolución Nº 2.269 de 2007, que Establece regulaciones para la importación de material de reproducción de Kiwi (Actinidia spp.) procedente de los Estados miembros de la Comunidad Europea.

  4. Que, de acuerdo a los lineamientos de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) y a lo previsto en las resoluciones Nos 3.815 de 2003 y 1.284 de 2021 de este Servicio, el establecimiento de requisitos fitosanitarios requiere de...

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