Resolución núm. 4940 EXENTA, publicada el 07 de Septiembre de 2022. RECONOCE AL CENTRO DE PRODUCCIÓN KOPPERT B.V., UBICADO EN PAÍSES BAJOS, PARA EL INGRESO A CHILE DE LOS CONTROLADORES BIOLÓGICOS QUE SE INDICAN - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 910096490

Resolución núm. 4940 EXENTA, publicada el 07 de Septiembre de 2022. RECONOCE AL CENTRO DE PRODUCCIÓN KOPPERT B.V., UBICADO EN PAÍSES BAJOS, PARA EL INGRESO A CHILE DE LOS CONTROLADORES BIOLÓGICOS QUE SE INDICAN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

RECONOCE AL CENTRO DE PRODUCCIÓN KOPPERT B.V., UBICADO EN PAÍSES BAJOS, PARA EL INGRESO A CHILE DE LOS CONTROLADORES BIOLÓGICOS QUE SE INDICAN

Núm. 4.940 exenta.- Santiago, 29 de agosto de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio; la ley Nº 19.473 que sustituye el texto de la ley Nº 4.601 sobre Caza y artículo Nº 609 del Código Civil; la ley Nº 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los órganos de la administración del Estado; el decreto ley Nº 3.557 sobre Protección Agrícola, y el decreto Nº 510, de 2016, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero, ambos del Ministerio de Agricultura; el decreto supremo Nº 5, de 1998, sobre el Reglamento de la Ley de Caza; el decreto Nº 66, de 2022, del Ministerio de Agricultura, que establece el orden de subrogación del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; las resoluciones exentas Nºs. 1.465 de 1981, 2.229 de 2001, 3.080 de 2003, 3.815 de 2003, 9.296 de 2019, 3.685 de 2021 y 1.284 de 2021, todas del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; las Hojas de Envío de la División de Protección de Recursos Naturales Renovables (Diproren) Nºs. 107.187 de 2018, 110.563 de 2018 y 74.918 de 2019; y la solicitud de la empresa Koppert Chile S.A.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio o el SAG, es la autoridad encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país y, bajo este marco, está facultada para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, las que pueden provenir de mercancías importadas.

  2. Que, la resolución exenta SAG 2.229, de 2001, establece las regulaciones que norman el ingreso al país de agentes exóticos de control biológico, polinizantes, organismos con propósito de investigación o de ornamentación.

  3. Que, existen algunos agentes exóticos de control biológico, polinizantes, organismos con propósitos de investigación o de ornamentación, cuyo uso puede ser beneficioso, mientras otros podrían producir impactos negativos en la sanidad vegetal, salud animal o en el medioambiente.

  4. Que, los agentes exóticos de control biológico, polinizantes, organismos con propósitos de investigación o de ornamentación que ingresen al país, pueden estar parasitados o infectados por otras especies de organismos nocivos, pudiendo afectar el éxito de los programas en desarrollo, o bien, dañar los recursos vegetales y animales nativos del país.

  5. Que, algunos sustratos orgánicos o inorgánicos que se utilizan en el transporte de agentes exóticos de control biológico, polinizantes, organismos con propósitos de investigación o de ornamentación, pueden ser vías de ingreso de organismos nocivos.

  6. Que, la División de Protección Agrícola, Forestal y Semillas del SAG tiene atribuciones para autorizar el ingreso a Chile de agentes exóticos producidos en centros calificados previamente, por medio de una resolución exenta, lo que permite que la cuarentena de pre-entrada del agente a internar pueda ser realizada en el lugar de producción, siempre que cumpla con las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR