Resolución núm. 4530 EXENTA, publicada el 16 de Enero de 2020. DECLARA LIBRE DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EL ÁREA REGULADA QUE INDICA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 838809109

Resolución núm. 4530 EXENTA, publicada el 16 de Enero de 2020. DECLARA LIBRE DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EL ÁREA REGULADA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

DECLARA LIBRE DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EL ÁREA REGULADA QUE INDICA

Núm. 4.530 exenta.- Santiago, 22 de diciembre de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley Nº 19.283, y sus modificaciones posteriores; Ley Nº 18.575, de Bases Generales de Administración del Estado; lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de administración del Estado; decreto con fuerza de ley Nº 29, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834; lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; resolución Nº 3.513, de 1995, que declara a Chile como país libre de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), modificada por la resolución Nº 1.095, de 2000, ambas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución exenta Nº 504, de fecha 7 de febrero de 2019, de la Dirección Regional Metropolitana del Servicio Agrícola y Ganadero, que estableció las regulaciones cuarentenarias y el Área Regulada en la comuna de Renca; las resoluciones exentas Nºs. 619, de fecha 19 de febrero de 2019; Nº 798, de fecha 2 de marzo de 2019; Nº 1.793, de fecha 16 de mayo de 2019, y Nº 2.861, de fecha 3 de septiembre de 2019, de la Dirección Regional Metropolitana del Servicio Agrícola y Ganadero, que amplían el Área Regulada; la resolución exenta RA 240/378/2019, del 30 de mayo, que nombra Director Regional Metropolitano del Servicio Agrícola y Ganadero;

Considerando:

  1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en cumplimiento de las resoluciones exentas Nº 504, de fecha 7 de febrero de 2019; Nº 619, de fecha 19 de febrero de 2019; Nº 798, de fecha 2 de marzo de 2019; Nº 1.793, de fecha 16 de mayo de 2019, y Nº 2.861, de fecha 3 de septiembre de 2019, de la Dirección Regional Metropolitana, ha aplicado todas las medidas fitosanitarias correspondientes en el Área Regulada, de la comuna de Renca, por un periodo equivalente a tres ciclos biológicos teóricos de la plaga, sin detectar la ocurrencia de nuevas capturas.

  2. Que de acuerdo al modelo de días grados, utilizados por el Servicio Agrícola y Ganadero, para estimar los ciclos biológicos...

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