Resolución núm. 3957 EXENTA, publicada el 09 de Julio de 2020. MODIFICA RESOLUCIÓN 2.987, DE 30 DE ABRIL DE 2020, DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SAG - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 846137636

Resolución núm. 3957 EXENTA, publicada el 09 de Julio de 2020. MODIFICA RESOLUCIÓN 2.987, DE 30 DE ABRIL DE 2020, DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SAG

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN 2.987, DE 30 DE ABRIL DE 2020, DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SAG

Núm. 3.957 exenta.- Santiago, 16 de junio de 2020.

Vistos:

Las facultades conferidas por la ley Nº 18.755, que establece la organización y atribuciones del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL RRA Nº 16, de 1963, sobre Sanidad y Protección Animal; la ley Nº 18.164, que establece normas sobre destinación aduanera; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; decreto N° 30 de 2012, que aprueba el Reglamento de Protección del Ganado durante el Transporte; la resolución exenta Nº 1.487, de 20 de agosto 1992, que Fija Exigencias Sanitarias para la Internación a Chile de Bovinos Aptos para la Reproducción o la que la reemplace; la resolución N° 7.364, de 9 de diciembre de 2016, que Establece Exigencias Sanitarias Generales para la Internación a Chile de Animales, y deroga resolución N° 1.254, de 1991; la resolución N° 7.301, de 2017, que Establece condiciones para el funcionamiento de recintos cuarentenarios de importación de animales y aves y define restricciones de acceso que indica; la resolución N° 2.987 de 2020; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; el decreto exento N° 112, de 2018, del Ministerio de Agricultura, que designa Dirección Nacional del Servicio.

Considerando:

  1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante, SAG, es la autoridad encargada de proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país.

  2. Que es función del Servicio Agrícola y Ganadero adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción de enfermedades al territorio nacional que puedan afectar la Salud Animal.

  3. Que el DFL RRA N° 16 establece que para la internación de animales y productos pecuarios se deben cumplir las exigencias de orden sanitario que se especifican en cada caso.

  4. Que con fecha 30 de abril de 2020 se dictó la resolución exenta N° 2.987, que fija exigencias sanitarias para la internación a Chile de bovinos aptos para la reproducción.

  5. Que el Servicio Agrícola y Ganadero ha identificado que la implementación de esta nueva regulación requiere una serie de actividades a realizar en terreno con presencia de funcionario SAG.

  6. Que, esta nueva regulación requiere realizar muestreo, traslado de muestras y análisis de muestras de forma oportuna.

  7. Que las nuevas actividades a implementar pueden ser afectadas en relación a la...

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