Resolución núm. 3957 EXENTA, publicada el 09 de Julio de 2020. MODIFICA RESOLUCIÓN 2.987, DE 30 DE ABRIL DE 2020, DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SAG
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN 2.987, DE 30 DE ABRIL DE 2020, DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SAG
Núm. 3.957 exenta.- Santiago, 16 de junio de 2020.
Vistos:
Las facultades conferidas por la ley Nº 18.755, que establece la organización y atribuciones del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL RRA Nº 16, de 1963, sobre Sanidad y Protección Animal; la ley Nº 18.164, que establece normas sobre destinación aduanera; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; decreto N° 30 de 2012, que aprueba el Reglamento de Protección del Ganado durante el Transporte; la resolución exenta Nº 1.487, de 20 de agosto 1992, que Fija Exigencias Sanitarias para la Internación a Chile de Bovinos Aptos para la Reproducción o la que la reemplace; la resolución N° 7.364, de 9 de diciembre de 2016, que Establece Exigencias Sanitarias Generales para la Internación a Chile de Animales, y deroga resolución N° 1.254, de 1991; la resolución N° 7.301, de 2017, que Establece condiciones para el funcionamiento de recintos cuarentenarios de importación de animales y aves y define restricciones de acceso que indica; la resolución N° 2.987 de 2020; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; el decreto exento N° 112, de 2018, del Ministerio de Agricultura, que designa Dirección Nacional del Servicio.
Considerando:
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Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante, SAG, es la autoridad encargada de proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país.
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Que es función del Servicio Agrícola y Ganadero adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción de enfermedades al territorio nacional que puedan afectar la Salud Animal.
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Que el DFL RRA N° 16 establece que para la internación de animales y productos pecuarios se deben cumplir las exigencias de orden sanitario que se especifican en cada caso.
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Que con fecha 30 de abril de 2020 se dictó la resolución exenta N° 2.987, que fija exigencias sanitarias para la internación a Chile de bovinos aptos para la reproducción.
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Que el Servicio Agrícola y Ganadero ha identificado que la implementación de esta nueva regulación requiere una serie de actividades a realizar en terreno con presencia de funcionario SAG.
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Que, esta nueva regulación requiere realizar muestreo, traslado de muestras y análisis de muestras de forma oportuna.
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Que las nuevas actividades a implementar pueden ser afectadas en relación a la...
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