Resolución núm. 2823 EXENTA, publicada el 07 de Diciembre de 2022. APRUEBA PLANES OPERACIONALES DE TRABAJO (POT) PRESENTADOS POR PRODUCTORES UBICADOS EN ÁREAS REGLAMENTADAS POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) EN LA REGIÓN METROPOLITANA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 916134781

Resolución núm. 2823 EXENTA, publicada el 07 de Diciembre de 2022. APRUEBA PLANES OPERACIONALES DE TRABAJO (POT) PRESENTADOS POR PRODUCTORES UBICADOS EN ÁREAS REGLAMENTADAS POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) EN LA REGIÓN METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

APRUEBA PLANES OPERACIONALES DE TRABAJO (POT) PRESENTADOS POR PRODUCTORES UBICADOS EN ÁREAS REGLAMENTADAS POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) EN LA REGIÓN METROPOLITANA

Núm. 2.823 exenta.- Santiago, 30 de noviembre de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; resolución Nº 3.080 de 2003, que Establece Plagas Cuarentenarias para Chile y sus modificaciones; resolución Nº 5.916 de 21 de octubre de 2016, que Declara el Control Obligatorio de la plaga Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia botrana) y su modificación; resolución exenta Nº 3.213 del 25 de mayo de 2017; resolución Nº 3.822 de 5 de julio de 2022, que aprueba Estrategia del Programa Nacional Lobesia botrana temporada 2022-2023; resolución regional Nº 2.220 del 13 de octubre de 2020, que Declara el Control Obligatorio de la plaga polilla del racimo de la Vid (Lobesia botrana) en la Región Metropolitana; la resolución exenta RA 240/353/2022, que establece orden de subrogación de la Dirección Regional Metropolitana.

Considerando:

  1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de velar por la protección del patrimonio fitosanitario del país.

  2. Que mediante resolución exenta Nº 5.916 de 2016 y su modificación, mediante resolución exenta Nº 3.213 de 2017, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero, se declara el control obligatorio de la polilla del racimo de la vid, Lobesia botrana, el cual se aplicará a todas las variedades de la especie vid vitis vinífera u otras especies vegetales que sean afectadas por la plaga.

  3. Que la resolución 3.213/2017, sustituye el resuelvo Nº 3 de la resolución 5.916/2016, estableciendo que los productores afectados deberán presentar al SAG un Plan Operacional de Trabajo (POT), el cual contendrá el programa de control para Lobesia botrana, un catastro de especies, destino final de la producción y el manejo de los desechos, cuando corresponda. Este POT deberá ser revisado por esta autoridad para verificar si establece medidas fitosanitarias, plazo y condiciones de cumplimiento, el cual deberá ser autorizado mediante resolución del Director Regional. De igual modo, todos aquellos que utilicen frutos, plantas, partes de plantas o cualquier otro artículo reglamentado que sea susceptible de transportar o dispersar la plaga en sus procesos de producción, o comercialización o prestación de servicios, que operen al interior...

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