Resolución núm. 2603 EXENTA, publicada el 13 de Octubre de 2021. AUTORIZA PRÓRROGA DE PODERES, MANDATOS Y CARTAS PODER QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Resolución |
AUTORIZA PRÓRROGA DE PODERES, MANDATOS Y CARTAS PODER QUE INDICA
Núm. 2.603 exenta.- Santiago, 4 de octubre de 2021.
Vistos:
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Lo dispuesto en el DFL Nº 31, de 1953, del Ministerio de Defensa Nacional, y en el DFL Nº 278, de 1960, del Ministerio de Hacienda.
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Lo dispuesto en el artículo 30 de la ley Nº 11.764, de 1954, que señala que los poderes o cartas poderes para el cobro de pensiones deberán ser autorizados por un notario público o un Oficial Civil donde no hubiere notaría y caducarán en el plazo de dos años, contado desde la fecha de su otorgamiento.
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El artículo 45 del Código Civil.
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El decreto Nº 4/2020, de fecha 5 de febrero de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria en todo el territorio nacional para el período que señala, para enfrentar la amenaza a la salud pública producida por la propagación a nivel mundial del "Nuevo Coronavirus 2019 (2019-NCoV)", y sus modificaciones.
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Las instrucciones impartidas por S.E. Presidente de la República, con fecha 13 de marzo de 2020, que anuncia medidas por el Coronavirus.
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El dictamen Nº 3.610, de fecha 17 de marzo de 2020, de la Contraloría General de la República, sobre medidas de gestión que pueden adoptar los Órganos de la Administración del Estado a propósito del brote de COVID-19 (Coronavirus).
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Las resoluciones Nº 7 del 26 de marzo de 2019 y Nº 8 del 27 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República.
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La resolución exenta Nº 771, del 20 de marzo de 2020, que aprobó un Procedimiento Especial de Prórroga de Poderes.
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La resolución exenta Nº 1.674, del 23 de junio de 2020, que autoriza prórroga de poderes, mandatos y cartas poder que indica.
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La resolución exenta Nº 2.387, del 23 de septiembre de 2020, que modifica la resolución exenta Nº 1.674 de 23 de junio de 2020, en los términos que indica.
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La resolución exenta Nº 3.362 del 24 de diciembre de 2020, que modifica la resolución Nº 2.387 exenta, de 2020.
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El decreto Nº 24/2021 de fecha 15 de junio de 2021, del Ministerio de Salud, que prorroga la vigencia del decreto Nº 4, de 2020, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), hasta el 30 de septiembre de 2021.
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El decreto Nº 39/2021 del Ministerio de Salud, de fecha 15 de septiembre de 2021, publicado en el Diario Oficial con fecha 30 de septiembre de 2021, que prorroga vigencia del decreto Nº 4, de 2020, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de...
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