Resolución núm. 2469 EXENTA, publicada el 31 de Julio de 2019. ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) EN LA REGIÓN METROPOLITANA PARA LA TERCERA GENERACIÓN DE LA TEMPORADA 2018-2019 - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 800967549

Resolución núm. 2469 EXENTA, publicada el 31 de Julio de 2019. ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) EN LA REGIÓN METROPOLITANA PARA LA TERCERA GENERACIÓN DE LA TEMPORADA 2018-2019

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) EN LA REGIÓN METROPOLITANA PARA LA TERCERA GENERACIÓN DE LA TEMPORADA 2018-2019

Núm. 2.469 exenta.- Santiago, 25 de julio de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre protección agrícola; resolución Nº 3.080, de 2003, que establece criterios de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el territorio de Chile, y sus modificaciones; resolución 5.916, de 21 de octubre de 2016, que declara el control obligatorio de la plaga polilla del racimo de la vid (Lobesia botrana) y su modificación; resolución exenta Nº 3.213, de 25 de mayo de 2017; resolución Nº 8.507, de 10 de diciembre de 2018, que aprueba la segunda versión de la Estrategia Programa Nacional Lobesia botrana temporada 2018-2019; resolución regional Nº 374, de 13 de febrero de 2017, que establece el control obligatorio de la plaga polilla del racimo de la vid (Lobesia botrana) en la Región Metropolitana; resolución exenta RA Nº 240/378/2019, de 30 de mayo, que nombra Director Regional Metropolitano del Servicio Agrícola y Ganadero.

Considerando:

  1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de velar por la protección del patrimonio fitosanitario del país.

  2. Que mediante resolución exenta Nº 5.916, de 2016, y su modificación mediante resolución exenta Nº 3.213, de 2017, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero, se declara el control obligatorio de la polilla del racimo de la vid, Lobesia botrana, el cual se aplicará a todas las variedades de la especie vid vitis vinifera u otras especies vegetales que sean afectadas por la plaga.

  3. Que, según lo establecido en el resuelvo 4º de la Res. Ex Nº 5.916/2019, se estableció como área reglamentada la zona definida por un radio de 3 kilómetros y dentro de ésta un área de control de 500 metros, determinadas ambas desde cada brote de la plaga Lobesia botrana dentro de la cual se ejecutan las labores de control propiamente tal.

  4. Que la resolución exenta Nº 5.916, de 2016, en su resuelvo 5 señala que "El área reglamentada será definida caso a caso mediante resolución del Director Regional correspondiente".

  5. Que mediante resolución Nº 8.507, de 2018, se aprobó la segunda versión de la estrategia del Programa Nacional Lobesia botrana para la temporada 2018/2019.

  6. Que la mencionada estrategia constituye un documento técnico que contiene un...

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