Resolución núm. 2469 EXENTA, publicada el 21 de Julio de 2015. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 485 EXENTA, DE 26 DE FEBRERO DE 2015, QUE FIJA TEXTO Y FORMATO DE CARTEL QUE SEÑALA LAS PROHIBICIONES CONTENIDAS EN LA LEY Nº 19.925, SOBRE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, JUNTO CON LAS MEDIDAS Y SANCIONES APLICABLES, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 1.513 EXENTA, DE 2012
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 485 EXENTA, DE 26 DE FEBRERO DE 2015, QUE FIJA TEXTO Y FORMATO DE CARTEL QUE SEÑALA LAS PROHIBICIONES CONTENIDAS EN LA LEY Nº 19.925, SOBRE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, JUNTO CON LAS MEDIDAS Y SANCIONES APLICABLES, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 1.513 EXENTA, DE 2012
Santiago, 14 de julio de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 2.469 exenta.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.346, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto Nº 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la Ley Nº 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas; en la Ley Nº 18.290, Ley de Tránsito; en la ley Nº 20.580, que modifica Ley Nº 18.290, aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, y bajo la influencia del alcohol; en la Ley Nº 20.770, que Modifica Ley del Tránsito, en lo que se refiere al delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones graves, gravísimas o, con resultado de muerte; en la resolución exenta Nº 485, de 26 de febrero de 2015 y publicada en el Diario Oficial el 5 de marzo de 2015; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
-
- Que, con fecha 26 de febrero de 2015 se dictó la resolución exenta Nº 485, que Fija el Texto y Formato de Cartel que Señala las Prohibiciones Contenidas en la Ley Nº 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, Junto con las Medidas y Sanciones Aplicables, y deroga resolución Nº 1.513 exenta de 2012, y fue publicada en el Diario Oficial el 5 de marzo de 2015.
-
- Que, diversas Municipalidades, quienes tienen la obligación legal de vender el cartel y que en la práctica son las que confeccionan o encargan la confección del cartel, han manifestado que a raíz de la resolución exenta Nº 485, se ha producido una dificultad práctica en la elaboración del cartel de que trata, ya que los márgenes en ella indicados son menores a la extensión del texto según la letra definida en la misma resolución.
-
- Que, en consideración a la situación expuesta en el numeral precedente y con el objeto de dar cumplimiento a la ley, algunos Municipios han impreso los carteles en formatos que no son los que se establecen en la resolución exenta.
-
- Que, por los motivos indicados anteriormente, junto con introducir los cambios necesarios para adecuar el formato del cartel al texto que debe...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba