Resolución núm. 1948 EXENTA, publicada el 05 de Octubre de 2022. DISPÓNGASE LA REESTRUCTURACIÓN, REDUCCIÓN Y CIERRE DE LAS ESTRATEGIAS CONFORMADAS CON OCASIÓN DEL DECRETO Nº 4, 2020 MINISTERIO DE SALUD QUE DECRETA ALERTA SANITARIA EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA CON OCASIÓN DE LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS Y DISPONE MEDIDAS QUE INDICA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 912018426

Resolución núm. 1948 EXENTA, publicada el 05 de Octubre de 2022. DISPÓNGASE LA REESTRUCTURACIÓN, REDUCCIÓN Y CIERRE DE LAS ESTRATEGIAS CONFORMADAS CON OCASIÓN DEL DECRETO Nº 4, 2020 MINISTERIO DE SALUD QUE DECRETA ALERTA SANITARIA EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA CON OCASIÓN DE LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS Y DISPONE MEDIDAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DISPÓNGASE LA REESTRUCTURACIÓN, REDUCCIÓN Y CIERRE DE LAS ESTRATEGIAS CONFORMADAS CON OCASIÓN DEL DECRETO Nº 4, 2020 MINISTERIO DE SALUD QUE DECRETA ALERTA SANITARIA EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA CON OCASIÓN DE LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS Y DISPONE MEDIDAS QUE INDICA

Núm. 1.948 exenta.- Talca, 26 de septiembre de 2022.

Vistos:

Las facultades contenidas en el DFL Nº 1/2006 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del DL 2.763, del año 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de las Órganos de la Administración del Estado; ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; decreto ley Nº 1.263/1975 del Ministerio de Hacienda, que aprueba Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado; decreto Nº 136, de 8 de septiembre de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; resoluciones Nos. 7 y 8 de 2019, fija Normas de Toma Razón, Contraloría General de la República; decreto Nº 4, de fecha 8 de febrero de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria; decretos Nos. 6, 10, 18, 21, 22, 28, de 2020; decretos Nos. 1, 24, 39, 52, de 2021, y decreto Nº 31, de 2022, que modifica y prorroga decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud; resolución exenta Nº 494 del Ministerio de Salud, de fecha 14 de abril de 2022; Minuta técnica denominada "Estrategia Testeo, Trazabilidad y Aislamiento enfermedad por SARS-CoV-2, Región del Maule", emanada del Departamento de Salud Pública y Planificación Sanitaria, de fecha 23 de septiembre de 2022, y decreto Nº 24 del Ministerio de Salud, de fecha 18 de marzo de 2022, sobre nombramiento de la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región del Maule.

Considerando:

  1. Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que le corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma, así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.

  2. Que, a esta Secretaría de Estado le corresponde ejercer la rectoría del sector salud y velar por la efectiva coordinación de las redes asistenciales, en todos sus niveles.

  3. Que, el decreto Nº4, de fecha 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud, decreta Alerta Sanitaria COVID-19 en todo el territorio de la República, confiriéndole facultades extraordinarias por emergencia a esta Secretaría Regional Ministerial de Salud.

  4. Que, al respecto, por el mismo acto reseñado, así como por sus modificaciones posteriores, dispuestas por los decretos Nºs. 6, 10, 18, 21, 22, 28, de 2020, decretos Nºs. 1, 24, 39, 52, de 2021, y decreto Nº 31, de 2022, que modifica y prorroga decreto Nº4, de 2020, todos del Ministerio de Salud, se han conferido facultades extraordinarias a las Subsecretarías de Salud Pública y Redes Asistenciales, a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud del país, a los Servicios de Salud del país, al Instituto de Salud Pública, a la Central Nacional de Abastecimiento de los Servicios de Salud y a la Superintendencia de Salud, estableciendo, adicionalmente, que los demás órganos y servicios de la Administración del Estado tendrán el deber de colaboración y ejecución de las acciones que les sean requeridas por los órganos singularizados.

  5. Que, en tal sentido, el artículo 3º del señalado decreto en su numeral 2, le confiere a esta autoridad la facultad de efectuar la contratación del personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 del Código Sanitario, además de otros mecanismos de contratación previstos en la legislación vigente y realizar los traslados del personal que se requerirá desde otras dependencias o establecimientos, mediante los correspondientes cometidos o comisiones de servicio.

  6. Que, mediante decreto Nº 31, del Ministerio de Salud, de fecha 28 de marzo de 2022, se prorrogó la vigencia del decreto Nº 4, de 2020, que decreta Alerta Sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII), por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), a contar del 1 de marzo de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2022 (6 meses).

  7. Que, en el mes de marzo del año 2020, para el combate de la pandemia ocasionada por el coronavirus, se implementaron en esta Secretaría Regional Ministerial de Salud Región del Maule las siguientes estrategias: Control de Aislamiento Domiciliario (CAD), Búsqueda Activa de Casos (BAC), Fiscalización, Trazabilidad, Cuadrillas Sanitarias, Programa Nacional de Inmunización (PNI). Por otro lado, se creó la estrategia de Residencias Sanitarias, las que inicialmente se encontraban bajo la administración del Servicio de Salud del Maule, pasando a esta repartición a contar del 1 de julio de 2020. Para llevar a cabo adecuadamente dichas estrategias, se realizaron contrataciones en calidad jurídica Código del Trabajo. Además, se realizaron contrataciones dicha calidad, como refuerzos a los Departamentos existentes de la estructura orgánica de esta repartición, y en razón de la emergencia sanitaria, a saber, de dotó de personal al Departamento de Salud Pública y Planificación Sanitaria, Departamento Jurídico, Departamento de Administración y Finanzas, Departamento de Acción Sanitaria, Departamento de Gabinete y Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

  8. Que, considerando el escenario epidemiológico actual, la Organización Mundial de la Salud ha mantenido la emergencia sanitaria internacional por COVID-19; no obstante, su Director General, con fecha 14 de septiembre de 2022, en una rueda de prensa anunció que se vislumbra el fin de la pandemia. Los países lentamente han iniciado una apertura de las medidas de prevención y control, y Chile no es la excepción.

  9. Que, a modo de ejemplo, en nuestro país, la tasa de contagios se ha reducido considerablemente, de manera tal que entre los días 13 al 20 de septiembre de 2022, ha bajado un 32,6%; mientras que, si se consideran los últimos 6 meses, se ha visto reducida en un promedio de 77% (pasando de 81.926 a 19.226 al 20 de septiembre de 2022).

  10. Que, en relación a la tasa de mortalidad, ésta decreció considerablemente, alcanzando una tasa de 3,1 por 100.000 habitantes en los últimos 30 días, disminuyéndose en un 81% desde marzo, cuando fue de 16,3 por cada 100.000 habitantes.

  11. Que, en este mismo sentido, la positividad de casos se ha mantenido bajo el 10%, durante el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR