Resolución núm. 184, publicada el 12 de Abril de 2021. LLAMADO REGIONAL A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES CORRESPONDIENTE AL CAPÍTULO TERCERO: PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDA, DEL DECRETO SUPREMO Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, PARA LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, AÑO 2021
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
LLAMADO REGIONAL A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES CORRESPONDIENTE AL CAPÍTULO TERCERO: PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDA, DEL DECRETO SUPREMO Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, PARA LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, AÑO 2021
Núm. 184.- Temuco, 1 de abril de 2021.
Visto:
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La ley Nº 16.931, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
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El decreto ley Nº 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
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El DS Nº 397 (V. y U.) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
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La resolución Nº 7/2019, de la Contraloría General de la República.
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La ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado;
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La facultad que me confiere el inciso segundo del artículo 15, de la ley Nº 20.898, para otorgar subsidios a comunidades de copropietarios de acuerdo con la ley Nº 19.537, Sobre Copropiedad Inmobiliaria;
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El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, y su modificación, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
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La resolución exenta Nº 68, del Ministerio de Hacienda y Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el año 2021 en Sistemas y Programas Habitacionales que indica.
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La resolución exenta Nº 1.237 (V. y U.), de fecha 24 de mayo de 2019, que fija Procedimientos para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de obras a Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
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La circular Nº 1 de fecha 25 de enero de 2021, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2021.
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La circular Nº 125, de fecha 27 de febrero de 2018, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que se refiere al artículo 2º de la ley Nº 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, específicamente sobre los bienes comunes edificados.
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El oficio Nº 116, de fecha 28 enero de 2021 del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional que adjunta el itemizado técnico de obras y sus anexos respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, para Proyectos para Condominios de Vivienda, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios reglamentado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016,
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La resolución exenta Nº 720 (V. y U.), de fecha 14 de marzo de 2019, que aprueba Itemizados Técnicos para proyectos de Energías Renovables: Sistemas Solares Térmicos y Sistemas Solares Fotovoltaicos, en el marco de los Programas Habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
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La resolución exenta Nº 6.309 (V. y U.), de fecha 17 de mayo de 2017, que aprueba Estándares Técnicos para obras de Iluminación Fotovoltaica en Condominios de Viviendas Sociales.
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Ord. Nº 250 de fecha 10.04.2017 del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, sobre implementación de Llamados Extraordinarios.
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Ord. Nº 533, del 18 de noviembre 2019 del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, sobre lineamiento de emergencias respecto a la implementación de Programas Habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
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La resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.), de 2017 y sus modificaciones, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
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Resolución Nº 353, del 19.03.2021, que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, a efectuar Llamados en condiciones Especiales, para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS 27, de (V. y U.)
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DS Nº 49 de fecha 16 de mayo de 2018 (V. y U.) que designa al suscrito en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía.
Considerando:
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La necesidad de atender a condominios de viviendas, que presenten deterioro y sean considerados como objeto de atención del programa, de acuerdo a las condiciones señaladas en el artículo 4º del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
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Que las obras de reparación, regularización, mejoramiento y/o ampliación a realizar en los condominios...
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