Resolución núm. 1274 EXENTA, publicada el 25 de Abril de 2020. CANCELA FERIA INTERNACIONAL DEL AIRE Y DEL ESPACIO 2020 Y DISPONE TÉRMINO DE CONTRATOS Y PROCESOS LICITATORIOS - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 843969321

Resolución núm. 1274 EXENTA, publicada el 25 de Abril de 2020. CANCELA FERIA INTERNACIONAL DEL AIRE Y DEL ESPACIO 2020 Y DISPONE TÉRMINO DE CONTRATOS Y PROCESOS LICITATORIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

CANCELA FERIA INTERNACIONAL DEL AIRE Y DEL ESPACIO 2020 Y DISPONE TÉRMINO DE CONTRATOS Y PROCESOS LICITATORIOS

Núm. 1.274 exenta.- Cerrillos, 19 de marzo de 2020.

Vistos:

A.- El artículo 9 del DFL Nº1, ley Nº 19.653 (MSGP), que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

B.- Las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, contenido en el decreto supremo (H) Nº 250, del año 2004.

C.- La Ley Nº 19.880, que establece las "Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado".

D.- Lo dispuesto en la Ley Nº 18.948 "Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas" en su artículo 47 letras h) y m).

E.- Lo establecido en la ley Nº 18.612, de fecha 25 de abril de 1987, que concede franquicias tributarias a la Feria Internacional del Aire y del Espacio y la ley 18.801 que reemplaza denominación de Feria aludida en la ley que concede franquicias tributarias.

F.- Lo dispuesto en el artículo 56 del decreto Nº 2.421, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido de la Ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.

G.- El Código Civil de la República de Chile.

H.- Lo dispuesto en el artículo 7 letras h) y m) del reglamento Serie "A" Nº1 "Orgánico y de Funcionamiento de la Fuerza Aérea".

I.- Lo dispuesto en el Reglamento Serie "D" Nº 4, de Administración de los Bienes Fiscales de la Fuerza Aérea de Chile.

J.- Lo establecido en el Manual Serie "C" Nº 63, de Adquisiciones para la Contratación de Suministro y Prestación de Servicios a Nivel Nacional.

K.- La resolución Nº 7 de la Contraloría General de la Republica, que "Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón", publicada en el Diario Oficial con fecha 29.Mar.2019.

L.- La resolución Nº 8 de la Contraloría General de la República, que "Determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a controles de reemplazo cuando corresponda", publicada en el Diario Oficial con fecha 29.Mar.2019.

M.- La resolución exenta de la Fuerza Aérea de Chile Nº 822 de fecha 10.Oct.2018, que dispone la realización de la Vigésima Primera Feria Internacional del Aire y del Espacio.

N.- Oficio Ord. Al Nº 856 de fecha...

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