Resolución exenta número 3.575, de 2023.- Modifica resolución Nº 1.066, de 2022, que aprueba texto coordinado y sistematizado de las resoluciones que establecen requisitos fitosanitarios de ingreso a productos de origen vegetal desecados de especies y orígenes que indica, para consumo - 14 de Junio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 934372637

Resolución exenta número 3.575, de 2023.- Modifica resolución Nº 1.066, de 2022, que aprueba texto coordinado y sistematizado de las resoluciones que establecen requisitos fitosanitarios de ingreso a productos de origen vegetal desecados de especies y orígenes que indica, para consumo

Número de registroCVE-2328067
Fecha de publicación14 Junio 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta43.577
CVE 2328067 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.577 | Miércoles 14 de Junio de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2328067
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.066 DE 2022, QUE APRUEBA TEXTO COORDINADO
Y SISTEMATIZADO DE LAS RESOLUCIONES QUE ESTABLECEN REQUISITOS
FITOSANITARIOS DE INGRESO A PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL
DESECADOS DE ESPECIES Y ORÍGENES QUE INDICA, PARA CONSUMO
(Resolución)
Núm. 3.575 exenta.- Santiago, 6 de junio de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; Ley Nº
19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los
órganos de la administración del Estado; el decreto ley Nº 3.557 de 1980 del Ministerio de
Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 510 de 2016 del Ministerio de Agricultura,
que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y
Ganadero (SAG); el decreto Nº 50 de 2023 del Ministerio de Agricultura, que establece el orden
de subrogación del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero y deja sin efecto el
decreto que señala; la resolución Nº 7 de 2019 de la Contraloría General de la República; las
Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias de la Convención Internacional de
Protección Fitosanitaria (CIPF) de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación,
FAO, promulgado por el decreto Nº 144 de 2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores; las
resoluciones Nº 3.080 de 2003; Nº 3.815 de 2003; Nº 133 de 2005; 1.284 de 2021; 1.066 de 2022
del Servicio Agrícola y Ganadero.
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio o el SAG, es la autoridad
encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, y bajo este marco está facultada
para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y
enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, que pueden provenir de mercancías
importadas.
2. Que, el Servicio está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la
importación al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de
plagas reglamentadas.
3. Que, el Servicio ha recibido solicitudes de algunos países de la Unión Europea para que
se acepte la declaración adicional: “La/s plaga/s no está/n presente/s en el país de origen”.
4. Que, el Servicio ha acordado con la Unión Europea aceptar que los países miembros
puedan declarar el estatus de las plagas, según los lineamientos de la NIMF 8, “Determinación de
la situación de una plaga en un área”, en aquellas resoluciones SAG que establecen requisitos
fitosanitarios desde cualquier origen.
Resuelvo:
1. Modifíquese la resolución Nº 1.066 de 2022, que aprueba texto coordinado y
sistematizado de las resoluciones que establecen requisitos fitosanitarios de ingreso a productos
de origen vegetal desecados de especies y orígenes que indica, para consumo, en lo siguiente:

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