Resolución núm. 1066 EXENTA, publicada el 07 de Marzo de 2022. APRUEBA TEXTO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LAS RESOLUCIONES QUE ESTABLECEN REQUISITOS FITOSANITARIOS DE INGRESO A PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL DESECADOS DE ESPECIES Y ORÍGENES QUE INDICA, PARA CONSUMO, ACTUALIZA REQUISITOS Y TRATAMIENTOS Y DEROGA RESOLUCIONES QUE SEÑALA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 908622158

Resolución núm. 1066 EXENTA, publicada el 07 de Marzo de 2022. APRUEBA TEXTO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LAS RESOLUCIONES QUE ESTABLECEN REQUISITOS FITOSANITARIOS DE INGRESO A PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL DESECADOS DE ESPECIES Y ORÍGENES QUE INDICA, PARA CONSUMO, ACTUALIZA REQUISITOS Y TRATAMIENTOS Y DEROGA RESOLUCIONES QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

APRUEBA TEXTO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LAS RESOLUCIONES QUE ESTABLECEN REQUISITOS FITOSANITARIOS DE INGRESO A PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL DESECADOS DE ESPECIES Y ORÍGENES QUE INDICA, PARA CONSUMO, ACTUALIZA REQUISITOS Y TRATAMIENTOS Y DEROGA RESOLUCIONES QUE SEÑALA

Núm. 1.066 exenta.- Santiago, 28 de febrero de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; Ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; el decreto ley 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 510, de 2016, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); el decreto Nº 112, de 2018, del Ministerio de Agricultura, que nombra al Director Nacional del SAG; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, promulgado por el decreto Nº 144, de 2007, del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones Nºs 3.691 de 2002, 1.781 de 2002, 3.080 de 2003, 3.815 de 2003, 133 de 2005, 3.347 de 2006, 1.800 de 2018, 7.934 de 2020, 2.687 de 2020, 8.308 de 2020, 1.284 de 2021, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, y bajo este marco está facultada para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, las que pueden provenir de mercancías importadas.

  2. Que, en virtud de esa facultad, el Servicio dictó las resoluciones exentas Nºs 1.781 de 2002, 3.347 de 2006, 1.800 de 2018, 7.934 de 2020 y 2.687 de 2020; citadas en vistos, que establecen requisitos fitosanitarios de ingreso para productos de origen vegetal desecados para consumo de varias especies y orígenes.

  3. Que, con el fin de facilitar el entendimiento de las resoluciones de productos desecados, citadas en los vistos, por parte de los usuarios y de la autoridad fitosanitaria del país de origen, se hace necesario consolidar los requisitos fitosanitarios de modo que queden en un solo cuerpo legal.

  4. Que, en la resolución Nº 8.308 de 2020, citada en los vistos, que aprueba texto coordinado y sistematizado de la resolución que establece regulaciones de importación para granos y otros productos que indica, destinados a consumo e industrialización, se establecen requisitos para Cassia angustifolia (= Senna acutifolia), como granos para cualquier origen sin declaraciones adicionales, correspondiendo a frutos desecados, razón por la cual serán incluidos en esta regulación.

  5. Que, el Servicio dictó la resolución Nº 3.347, de 2006, citada en los vistos, que establece requisitos fitosanitarios de...

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