Resolución exenta número 220, de 2024.- Establece regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo [Ceratitis capitata (W.)] para el mercado de China - 28 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1028528086

Resolución exenta número 220, de 2024.- Establece regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo [Ceratitis capitata (W.)] para el mercado de China

Número de registroCVE-2472446
Fecha de publicación28 Marzo 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta43.813
CVE 2472446 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.813 | Jueves 28 de Marzo de 2024 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2472446
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Tarapacá
ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y
ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO [CERATITIS CAPITATA
(W.)] PARA EL MERCADO DE CHINA
(Resolución)
Núm. 220 exenta.- Iquique, 27 de febrero de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto ley N° 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la ley N°
18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley N° 19.283 y sus
modificaciones posteriores; la resolución N° 3.513 exenta del SAG de 7 de diciembre de 1995,
publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre del mismo año; resolución Nº 7 de 2019 de la
Contraloría General de la República y las facultades que me han sido otorgadas en virtud de
resolución exenta R.A. N° 240/1.312/2023, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y
Ganadero.
Considerando:
1. Que, por resolución exenta N° 3.513, citada en vistos, se declaró a Chile como país libre
de la plaga de los vegetales conocida como “Mosca del Mediterráneo” [Ceratitis capitata
(Wied)].
2. Que, con fecha 22 de febrero de 2024, se ha detectado la presencia de un ejemplar
(adulto), hembra inseminada, en el área rural de la localidad de La Huayca, comuna de Pozo
Almonte.
3. Que, en virtud de lo dispuesto en el N° 3 de la resolución N° 3.513/1995, el Servicio está
facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control y
erradicación de esta plaga.
4. Que, debe entenderse por área reglamentada aquella en la que plantas, productos
vegetales y otros artículos reglamentados, que ingresan a ella, se mueven dentro de ella y
provienen de la misma, están sujetas a medidas fitosanitarias.
5. Que, el Servicio, define como su área reglamentada la superficie incluida en un círculo de
radio 7,2 km. desde los puntos de detección, la cual es aceptada por la mayoría de los mercados
de exportación, excepto por el mercado de China que considera un área reglamentada de 27,2
Km desde cada punto de detección.
6. Que, atendido lo expuesto, se hace necesario establecer restricciones cuarentenarias
dirigidas específicamente al mercado de China.
Resuelvo:
1. Establécese:
a) A partir del 23 de febrero de 2024, como área reglamentada para el mercado de China el
polígono de 24 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a
continuación:

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