Resolución exenta número 2.296, de 2021.- Aprueba Instructivo para la elaboración y presentación de la memoria explicativa y cartografía de usos preferentes de la Zonificación Regional del Borde Costero - 13 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 870882655

Resolución exenta número 2.296, de 2021.- Aprueba Instructivo para la elaboración y presentación de la memoria explicativa y cartografía de usos preferentes de la Zonificación Regional del Borde Costero

Número de registroCVE-1975488
Fecha de publicación13 Julio 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Número de Gaceta43.001
CVE 1975488 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.001 | Martes 13 de Julio de 2021 | Página 1 de 12
Normas Generales
CVE 1975488
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas
APRUEBA INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA
MEMORIA EXPLICATIVA Y CARTOGRAFÍA DE USOS PREFERENTES DE LA
ZONIFICACIÓN REGIONAL DEL BORDE COSTERO
(Resolución)
Núm. 2.296 exenta.- Santiago, 17 de mayo de 2021.
Vistos:
La ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado; la ley
N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional; el DFL N° 340 de 1960, del
Ministerio de Hacienda, Ley sobre Concesiones Marítimas; el DS N° 9 de 2018, modificado por
el DS N° 183 de 2019, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre
Concesiones Marítimas; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el DS N°
475 de 1994, del Ministerio de Defensa Nacional, que establece la Política Nacional de Uso del
Borde Costero del Litoral de la República y crea la Comisión Nacional que indica; el of. Gab.
Pres. N° 1 de 1997, Instructivo Presidencial para la elaboración de Estudios de Zonificación en
Sectores Costeros de Regiones y para la creación de las Comisiones Regionales de Uso del
Borde Costero; el Gab. Pres. N° 1 de 2005, Instructivo Presidencial para la aplicación de un
nuevo Reglamento de Funcionamiento Interno de las Comisiones Regionales de Uso del Borde
Costero; el DS N° 66 de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, que aprueba Reglamento que
regula el procedimiento de Consulta Indígena; el DS N° 32 de 2015, del Ministerio del Medio
Ambiente, que aprueba Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica; el DS N° 434 de
2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba la Política Nacional para la
Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030; la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre
Gobierno y Administración Regional; la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio
Ambiente y la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, le
corresponde el control, fiscalización y supervigilancia de toda la costa y mar territorial de la
República y de los ríos y lagos que son navegables por buques de más de 100 toneladas.
2. Que, en virtud de estas atribuciones, este Ministerio cuenta con la facultad privativa de
otorgar el uso particular -individual o compartido- de los bienes nacionales que le corresponde
administrar, lo que se materializa mediante un decreto supremo de concesión marítima, el que
debe sujetarse a las exigencias de la normativa legal vigente, en particular, aquella contemplada
en el DFL N° 340 de 1960, del Ministerio de Hacienda, Ley sobre Concesiones Marítimas, y su
Reglamento, velando por la protección del interés general y la compatibilidad con el mejor uso
del sector, según las directrices establecidas en la Política Nacional de Uso del Borde Costero
(PNUBC), aprobada mediante DS N° 475 de 1994, del Ministerio de Defensa Nacional.
3. Que, dentro de los objetivos centrales de la PNUBC, está el propender a una adecuada
compatibilización de las múltiples actividades que se realizan o puedan realizarse en el Borde
Costero y el de posibilitar y orientar el desarrollo equilibrado de las mismas desde una
perspectiva que integre los intereses regionales, locales y sectoriales.

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