Resolución Exenta nº 1.3001693E7-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Centro Logístico Vespucio - Normativa - VLEX 945973305

Resolución Exenta nº 1.3001693E7-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Centro Logístico Vespucio

Fecha28 Diciembre 2022
Fecha de publicación28 Diciembre 2022
Año2022
Número de resolución1.3001693E7-2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto Centro Logístico Vespucio
UM_RES>
Santiago
CHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a tmite con fecha 21 de febrero de 2022,
mediante Resolución Exenta N° 202213001102 de la Comisión d e Evaluación de la Región Metropolitana de
Santiago, su Adenda de fecha 30 de mayo de 2022 y su Adenda Complementaria de fecha 03 de noviembre de
2022, del proyecto Centro Logístico Vespucio”, presentado por Inversiones Quildos L imitada.
2°. Los pronunciamientos y observaciones d e los órganos de la administración del Estado que, sobre la base
de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el
Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación ( ICE) 202213 109223 de la DIA del proyecto
Centro Logístico Vespucio”.
3°. El Acta de Evaluación 04/2022 de fecha 22 de noviembre de 2022 del Comité Técnico de la Región
Metropolitana.
4°. El ICE N° 20 2213109223 de la DIA del Proyecto “Centro Logístico Vespucio” de fecha 30 de noviembre
de 2022.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 09 de diciembre de 2022.
6°. Los demás antecedentes que con stan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del
Proyecto Centro Logístico Vespucio”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº 40, de 30 de
octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Ev aluación
de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N° 1/19.653, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece Bases
de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
en la Resolución TRA N° 119046/260/2022 de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental y en la Resolución Nº 7, de fecha 26 de m arzo de 2019, de la Contraloría
General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Inversiones Quildos Limitada (en adelan te, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyec to “Centro Logístico Vespucio” (en adelante, el “Proyecto).
Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Inversiones Quildos Limitada
Rut
78.713.390-8
Domicilio
Los Laureles 170, Santo Domingo
Nombre representante legal
Arturo Gilberto Salvatierra Ibáñez
Rut representante legal
6.258.202-2
Domicilio representante legal
Av. Américo Vespucio 400, Pudahuel
Correo electrónico Titular o representante legal
jlillanes@bsf.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de noviembre de 2022, el Servicio de Evaluación
Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 7 de este
documento;
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Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 23-12-2022 18:09:13:864 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 23-12-2022 18:09:14:587 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambien tales Sectoriales Mixtos señalados en
los artículos 138, 140, 142 y Pronunciamiento 161 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
No presenta o genera los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la
Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio d e Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 09 de diciem bre de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana
de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto Centro Logístico Vespucio, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de fecha 30 de noviembre de 2022, el que forma parte integ rante de la
presente Resolución. Por lo tanto, co nforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglam ento del
SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, que
forman p arte integrante d e la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación, se
indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Regularizar el Centro Logístico Vespuc io, cuyo fin es arrendar bodegas y satisfacer las
necesidades de sus clientes, cumplie ndo con las exigencias de la normativa ambiental
vigente.
Descripción general del
proyecto
El Proyecto Centro Logístico Vespucio, corresponde a una regularización de un centro
de bodegaje actualmente en operación, ubicado en calle La Martina 455 y Av. Américo
Vespucio 400, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana. El Proyecto original inició su
construcción en el año 2013 y finalizó en diciembre de 2020. A inicios del año 2014 el
Centro Logístico inicio su operación parcial, contando con Certific ados de Recepción
Definitiva d e Obras de Edificación (Anexo 1.1.2 de la DIA). La superficie predial es de
27,62 ha, de las cuales 17,02 ha se encuentran construidas, además, tiene 955
estacionamientos (895 estacionamientos para automóviles y 60 estacionamientos para
camiones), 89 Andenes de carga/descarga. Actualmente, el Centro Logístico se encuentra
plenamente o perativo, sin embargo, existen algunas obras puntuales cuyo desarrollo está
por ejecutarse y corresponden a las siguientes:
Traslado de portería en Av. Américo Vespucio, aproximadamente 65 m hacia el
oriente.
Ejecución de obras EISTU de acuerdo a IFT ORD N°7931/2016 de la SEREMI
MTT de la RM, específicamente las medidas 1, 2 y 4 (a,b,c).
Estas obras se ejecutarán en una etapa en un plazo estimado de 3 años.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Tipología principal: De acuerdo al artículo 1 0 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del
según lo señalado en la letra:
e.3) Se entenderá por terminales de camiones aquellos recintos que se d estinen para el
estacionamiento de camiones, que cuenten con infraestructura de almacenaje y
transferencia de carga y cuya capacidad sea igual o superior a cincuenta (50) sitios para
el estacionamiento de vehículos medianos y/o pesados”.
El proyecto cuen ta con 60 estacionamientos de camiones, por lo que cumple con el literal
e.3 de dicho reglamento.
Tipología Secundaria: No tiene.
Vida útil
Indefinida.
Monto de inversión
US$ 18.950.000.-
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta
del inicio de la ejecución
del proyecto de modo
sistemático y
permanente, para efectos
de la caducidad de la
RCA
Regularización: El acto o faena mínima que dio inicio la ejecución de las obras del centro
logístico comprendió la habilitación del Área de Instalación de Faena.
Obras viales EISTU: El acto o faena mínima que iniciará la ejecu ción de las obras viales
proyectadas comprenderá la habilitación de los frentes de trabajo para la ejecución de las
obras viales en EISTU aprobado.
Antecedentes en respuesta 1.11 de la Adenda complementaria.
Proyecto o actividad se
desarrolla por etapas
No
Antecedentes en punto 1.2.8 de la DIA y en respuesta 11.1 de la Adenda.
[X]
Proyecto o actividad
modifica un proyecto o
actividad existente
No
Antecedentes en punto 1.2.5 de la DIA.
[X]
Proyecto modifica otra(s)
RCA
No
Antecedentes en punto 1.2.5 de la DIA.
[X]
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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa
El Proyecto emplazará sus partes y obras en la comuna de Pudahuel, provincia de
Santiago, Región Metropolitana , específicamente en calle La Martina 455 y Av.
Américo Vespucio 400 . La siguiente Figura 1-1 de la DIA, da cu enta de la
ubicación del proyecto.
Punto 1.3.1 de la DIA.
Justificación de la localización
La localización del Centro Logstico se justifica principalmente por la conectividad
de carácter regional e interregional que posee este lugar, el cual se encuentra
cercano a los principales puertos aéreos y vas expresas, tal y como se indica a
continuación:
Conectividad Valparaso - San Antonio mediante Ruta 68.
Cercanía a Aeropuerto Arturo Merino Bentez.
Conectividad entre Ruta 68 y Av. Amrico Vespucio.
A esto, se puede agregar que la localización del Centro se encuentra alejada de las
zonas residenciales.
De acuerdo al Certificado de Informaciones Previas ( Anexo 1 de la Adenda), el
Centro L ogístico se empl azaba en una zona definida por el PRMS como zona de
Extensión Urbana, la cual permitía actividades productivas de carácter inofensivas
y molestas.
Dicha zonificación ha sido recientemente ratificada por el PRC de Pudahuel, en
enero del 2021, el cual incorpora estos terrenos a la zona urbana de la comuna,
definiendo dicha área co mo Zona J, la cual permite la instalación y funcionamiento
de actividades productivas de carácter inofensivo y molesto, del mismo modo que
el PRMS definía este sector.
Punto 1.3.5 de la DIA.
Superficie
Superficie del terreno: 27,62 ha.
Superficie construida: 17,02 ha aprox.
Respuesta al punto 1.5 de la Adenda Complementaria.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
A continuación, se presentan las coordenadas del proyecto:
Tabla 1: Coordenadas del proyecto.
Punto
Coordenadas geográficas UTM WGS 84 huso 19S
Este (m)
Norte (m)
A
335.098
6.296.924
B
335.523
6.296.928
C
335.771
6.296.685
D
335.661
6.296.692
E
335.648
6.296.462
F
334.980
6.296.509
Fuente: Tabla 1-2 de la DIA.
Punto 1.3.2 de la DIA
Caminos o vías de acceso
El Centro Logístico tiene 2 puntos de acceso/salida:
En el poniente correspondiente a calle La Martina N°455.
En el oriente por Av. Amrico Vespucio N°400.
La Figura 1-3 de la DIA grafica lo señalado.
Antecedentes en el Punto 1.3.4 de la DIA.
Referencia al expedien te de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
Anexo 4.1 de la Adenda, se adjunta KMZ.
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