Resolución donde conste la omisión de respuesta oportuna al proyecto de contrato colectivo - Núm. 102, Diciembre 2021 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 895920405

Resolución donde conste la omisión de respuesta oportuna al proyecto de contrato colectivo

AutorRicardo Garrido C.
Páginas37-38
37
MANUAL DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA
DIRECCIÓN DEL TRABAJO EN NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Procedimiento.
Si la Comisión Negociadora denuncia que la respuesta fue entregada fuera de plazo,
antes de ingresar la denuncia, en la Unidad de Relaciones Laborales se deberá
vericar si existe acuerdo entre las partes para postergar la entrega de la respuesta.
En caso que ese acuerdo no exista la Unidad de Relaciones Laborales ingresará la
solicitud de scalización al DT Plus, consignando en el respectivo ingreso la totalidad
de los datos referidos al proyecto de contrato colectivo, con indicación del RUT y
domicilio de la empresa y del representante legal, si correspondiere, y la fecha en
que el empleador debió haber entregado la respuesta a la Comisión negociadora.
El scalizador deberá reunir los antecedentes necesarios que le permitan determinar la
fecha exacta y el medio a través del cual se entregó la respuesta, aplicando la sanción
correspondiente en caso de vericar que la respuesta efectivamente fue noticada
en una fecha posterior al día décimo y anterior al día vigésimo, en otras palabras, se
aplica la sanción de multa, cuando la respuesta del empleador se ha dado entre el
día 11 y el día 19, contados desde la noticación del proyecto de contrato colectivo.
Situaciones especiales.
a) Respuesta recepcionada sin constancia de la fecha.
Si en base a los antecedentes recopilados el scalizador no puede determinar que la
respuesta fue entregada dentro de plazo o existe controversia al respecto entre las
partes, por ejemplo que consta la rma de la comisión negociadora, pero no la fecha
de recepción o esta es ilegible, o existe un correo electrónico que no aparece haber
sido recibido por la comisión negociadora, se informará a las partes que atendido que
este es un hecho que requiere ponderación de prueba, siendo esto atribución privativa
de tribunales, que no se cursará la sanción prevista en la norma y que el interesado
tiene el derecho de interponer las acciones judiciales que estime pertinentes.
RESOLUCIÓN DONDE CONSTE LA OMISIÓN DE RESPUESTA OPORTUNA AL
PROYECTO DE CONTRATO COLECTIVO
Fuente legal.
No tiene.
Concepto.
De conformidad al inciso segundo del artículo 337, llegado el vigésimo día de
presentado el proyecto de contrato colectivo el empleador no le ha dado respuesta se
entenderá que lo ha aceptado, salvo prórroga acordada por las partes, en cuyo caso
se entiende aceptado al día siguiente al vencimiento de la prórroga. Al vencimiento
de ese plazo cabe aplicar lo dispuesto en el artículo 312.

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