Resolución que aprueba protocolos y normas sobre seguridad del paciente y calidad de la atención de salud (Res. Nº 1031, de 2012) - Anexo - Derechos y deberes de los pacientes. Estudios y textos legales y reglamentarios - Libros y Revistas - VLEX 699332025

Resolución que aprueba protocolos y normas sobre seguridad del paciente y calidad de la atención de salud (Res. Nº 1031, de 2012)

AutorPaulina Milos Hurtado/Hernán Corral Talciani
Páginas186-188
186
RESOLUCIÓN QUE APRUEBA PROTOCOLOS Y NORMAS SOBRE
SEGURIDAD DEL PACIENTE Y CALIDAD DE LA ATENCIÓN DE SALUD (RES.
1031, DE 2012)
Núm. 1.031 exenta.- Santiago, 17 de octubre de 2012.- Visto: Lo dispuesto en la
ley 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con
acciones vinculadas a su atención en salud, en especial, lo indicado en su artículo 4º; lo
establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija
el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las
leyes Nº 18.933 y Nº 18.469, y las disposiciones de la resolución 1.600, de 2008, de la
Contraloría General de la República;
Considerando:
1. Que compete al Ministerio de Salud ejercer la función que corresponde al
Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y
recuperación de la salud y rehabilitación de la persona enferma, así como coordinar,
controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.
2. Que mediante la ley Nº 20.584 se regularon los derechos y deberes que tienen
las personas en relación a las acciones vinculadas con su atención de salud.
3. Que el artículo 4º, de la citada ley, entrega al Ministerio de Salud la facultad
de aprobar normas y protocolos establecidos en materia de seguridad del paciente y calidad
de la atención de salud, referente a materias tales como infecciones intrahospitalarias,
identificación y accidentabilidad de los pacientes, errores en la atención de salud y, en
general, todos aquellos eventos adversos evitables según las prácticas comúnmente
aceptadas.
4. Que las personas tienen derecho a recibir atenciones de salud ejecutadas de
acuerdo lo prescriben las normas y protocolos establecidos al efecto, especialmente
aquellos relacionados con la seguridad del paciente y la calidad de la atención de salud, los
cuales deben diseñarse en base al conocimiento científico disponible, realizarse de manera
estandarizada y contar con instrumentos que permitan medir su adecuado desarrollo.
5. Que la seguridad del paciente y la calidad de la atención son componentes
fundamentales de la atención de salud, conjugándose en ellos aspectos propios del sistema
sanitario implementado, condiciones del paciente y las acciones humanas.
6. Que, en mérito de lo expuesto, dicto la siguiente,
Resolución:

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