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Reglamento Municipal núm. 1, publicado el 30 de Septiembre de 2023. REGLAMENTO QUE MODIFICA LA PLANTA MUNICIPAL DEL PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE RECOLETA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE RECOLETA
Rango de LeyReglamento Municipal

REGLAMENTO QUE MODIFICA LA PLANTA MUNICIPAL DEL PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE RECOLETA

Núm. 1.- Recoleta, 17 de febrero de 2023.

Vistos:

  1. - La potestad que me confiere el artículo 49 bis de la Ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades", incorporado por la Ley N° 20.922 del 25 de mayo de 2016 que "Modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo".

  2. - La Ley N° 21.493 del 4 de octubre de 2022 que, "modifica el régimen de los reglamentos que fijen o modifiquen las plantas de personal municipal", la que exceptúa de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 49 quáter de la Ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades", a los reglamentos que hubiesen ingresado para su toma de razón a la Contraloría General de la República hasta el 31 de marzo de 2023, en ejercicio de la facultad concedida en el artículo 49 bis de la Ley N° 18.695.

  3. - El decreto con fuerza de ley N° 4-19.280 del 23 de mayo de 1994, que adecua, modifica y establece planta del personal de la Municipalidad de Recoleta.

  4. - El numeral vii) del artículo 4 del decreto 1.675 del año 2016, que "Aprueba Reglamento que Regula el Procedimiento para Establecer la Categoría en que se Ubicarán las Municipalidades del País, para Efectos de Determinar el Rango de Grados que Corresponde Asignar al Cargo de Alcalde dentro de la Planta Municipal Respectiva".

  5. - La resolución exenta N° 8.407 de fecha 6 de septiembre de 2022, dictada por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que indica las categorías en que se ubican las municipalidades del país y del rango de grados de remuneraciones que corresponde asignar a los respectivos alcaldes en la correspondiente planta de personal, fijando al municipio de Recoleta en la categoría 3 según variable "número de habitantes", categoría que en definitiva elige este municipio para sí.

  6. - El decreto 307 del año 1978, del Ministerio de Justicia, que "fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.231, sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local".

  7. - La ley N° 20.554 del 23 de enero de 2012 que "Crea Juzgados de Policía Local en las comunas que indica", creando el Segundo Juzgado de Policía Local para Recoleta, un cargo de Juez de Policía Local, grado 3°, y en la planta de profesionales, dos cargos de Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local, grado 5°.

  8. - El artículo 16 de la Ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades", que fija unidades mínimas que deberán considerar las municipalidades en su organización interna y establece nivel remuneratorio para dichos cargos, debiendo tener dos grados inmediatamente inferiores a aquel que le corresponde al alcalde.

  9. - El artículo 30 de la Ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades", estableciendo que existirá un Administrador Municipal en todas aquellas comunas donde lo decida el Concejo a proposición del alcalde.

  10. - El Dictamen N° 84.772 de fecha 4 de noviembre de 2014 de la Contraloría General de la República, que fija criterio para determinar los grados de los Jueces de Policía Local y Administrador Municipal.

  11. - El artículo 16 bis de la Ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades", que faculta a los municipios para contar con un Director/a de Seguridad Pública en aquellos municipios que lo decida el Concejo Municipal, a propuesta del alcalde.

  12. - El decreto exento N° 1.784 de fecha 20 de octubre de 2021, que aprueba la creación del cargo de Director/a de Seguridad Municipal.

  13. - El DFL N° 1 del año 2001, del Ministerio de Salud, que "fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.076", para los Médicos-Cirujanos, Farmacéuticos, o Químicos-Farmacéuticos, Bio-Químicos y Cirujanos Dentistas.

  14. - Lo dispuesto en los artículos 2, 7 y 8 de la Ley N° 18.883 "Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales".

  15. - El decreto N° 2.364 de fecha 1 de septiembre de 2016 que encasilla a funcionarios de Planta...

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