Prólogo a la tercera edición - - - Derecho tributario. Parte general - Libros y Revistas - VLEX 976719200

Prólogo a la tercera edición

AutorHeinrich W. Kruse
Cargo del AutorProfesor emérito de la Universidad Ruhr de Bochum
Páginas29-29
29
PRÓLOGO A LA EDICIÓN ESPAÑOLA
PRÓLOGO A LA TERCERA EDICIÓN
Desde la aparición de la segunda edición de este libro, las materias clásicas del Derecho
impositivo general, el Derecho impositivo obligacional y el Derecho impositivo administrativo
han pasado a un segundo lugar. El interés científico se ha concentrado aún más intensamente
que hasta ahora en los fundamentos jurídico constitucionales del Derecho impositivo. A ello
han contribuido, especialmente, la Ley de reforma financiera de 12 de mayo de 1969 y su
normativa subsiguiente y el anunciado nuevo proyecto de la Ordenanza tributaria alemana,
todavía en camino. Pecas disciplinas jurídicas como el Derecho impositivo se encuentran tan
dominadas por los resultados políticos cotidianos. Por ello una exposición del Derecho imposi-
tivo general debe, sobre todo, levantarse más que nunca sobre los principios fundamentales.
Esta meta válida para las dos primeras ediciones es también la meta de la tercera edición.
Tampoco por ello quisiera en esta ocasión dejar de introducir en el libro todas las correspon-
dientes novedades acaecidas.
He intentado mostrar con claridad todas las modificaciones motivadas por corriente o
por la legalidad, en la medida que en general sean reconocibles. El continuo y acusado cambio
de la normatividad lo he expuesto tan detalladamente como el marco de un tratado jurídico
breve permite. Como son oportunos los tratamientos metódicos solamente en relación a la
doctrina de las fuentes del Derecho, he profundizado también esta parte de la exposición.
He redondeado el capítulo de la tutela jurídica en materia impositiva con motivo de la
intensa jurisprudencia sobre la Ordenanza de los Tribunales de Hacienda. Los Problemas de
transición de los primeros momentos de la puesta en vigor de la Ordenanza de los Tribunales
de Hacienda no han vuelto a ser tratados. Igualmente he suprimido sin demora un capítulo ya
terminado sobre el proyecto de reforma impositiva. Las bases de tales elucubraciones oscilan
tan rápidamente que no tienen lugar en un tratado jurídico breve.
La legislación, jurisprudencia y bibliografía están al día.
Agradezco al asesor señor Mósbauer el cuidado del manuscrito y de los índices, y su
ayuda en las correcciones.
Hamburgo, 28 de noviembre de 1972.
HEINRICH WILHELM KRUSE

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