'La privación de las ganancias de la financiación corrupta de los partidos políticos. Elementos para un debate político criminal' - Núm. 33, Julio 2022 - Política Criminal - Libros y Revistas - VLEX 912635706

'La privación de las ganancias de la financiación corrupta de los partidos políticos. Elementos para un debate político criminal'

AutorSANDOVAL, Juan Carlos
CargoProfesor Contratado doctor, Universidad de Alicante (España) jc.sandoval@ua.es https://orcid.org/0000-0003-3387-9544
Páginas199-228
SANDOVAL, Juan Carlos: “La privación de las ganancias de la financiación corrupta de
los partidos políticos. Elementos para un debate político criminal”.
Polít. Crim. Vol. 17 Nº 33 (Julio 2022), Art. 8, pp. 199-228
[http://politcrim.com/wp-content/uploads/2022/07/Vol17N33A8.pdf]
La privación de las ganancias de la financiación corrupta de los partidos políticos.
Elementos para un debate político criminal
The deprivation of the proceeds of corrupt political party financing. Some elements
for a criminal policy debate
Juan Carlos Sandoval
Profesor Contratado doctor, Universidad de Alicante (España)
jc.sandoval@ua.es
https://orcid.org/0000-0003-3387-9544
Fecha de recepción: 11/09/2021.
Fecha de aceptación: 21/10/2021.
Resumen
Entre los retos de la política criminal contra la corrupción ocupa un lugar importante el de
privar a los corruptos de los bienes que han obtenido de forma ilícita. Al respecto, los
convenios internacionales anticorrupción han promocionado, entre otros, dos instrumentos
penales que constituyen una parte esencial de la estrategia político-criminal contra la
delincuencia que opera con fines de lucro. En particular, por un lado, el decomiso como
medio para despojar a los corruptos de sus ganancias delictivas; y, por otro lado, el blanqueo
de capitales para prevenir que los bienes de origen delictivo se inserten en el tráfico
económico con la apariencia de ser lícitos. Este trabajo es una aproximación al reto de
desposeer a los partidos políticos de las ganancias que obtienen de la corrupción política. A
tal efecto se abordan determinados interrogantes ¿la financiación corrupta de la política es
solamente una criminalidad con fines lucrativos? y, de no ser así, ¿cuál es el beneficio
adicional que reporta a los partidos políticos esta clase de corrupción? que servirán de guía
para reflexionar acerca de cuál es el papel que puede desempeñar el derecho penal en esta
materia.
Palabras clave: corrupción política, ganancias ilícitas, financiación ilegal de partidos
políticos.
Este trabajo se inserta en el Proyecto I+D+I “Manifestaciones de desigualdad en el actual sistema de j usticia
penal: examen crítico de las razones de necesidad, oportunidad y peli grosidad para la diferencia” (Ref.:
RTI2018-096398-B-I00. IP: Antonio DOVAL, Catedrático de Derecho penal, Universidad de Alicante), del
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. También recoge parte de mi intervención en el Primer
Webinario Ganancias ilícitas y Derecho penal, Proyecto I+D+I “Ganancias ilícitas y Derecho penal” (RTI2018-
094287-B-I00. IP: Luz P UENTE, Titular de Derecho penal, Universidad A Coruña), financiado por la misma
entidad.
SANDOVAL, Juan Carlos: “La privación de las ganancias de la financiación corrupta de
los partidos políticos. Elementos para un debate político criminal”.
200
Abstract
Among the challenges of criminal justice policies against corruption, depriving corrupt
individuals from their illicitly obtained proceeds has an important role to play. In this respect,
the international anti-corruption conventions have developed, among others, two criminal
instruments that constitute an essential part of the political-criminal strategy against
criminality for profit. In particular, on the one hand, confiscation as a means to deprive the
corrupt individuals of their criminal gains; and, on the other hand, money laundering to
prevent proceeds derived from crime from being used in the economic traffic under the
appearance of being lawful. This paper is an approach to the challenge of depriving political
parties of the profits they make from political corruption. To this end, this paper addresses
the following questions: Is the corrupt financing of politics only a criminality for profit and,
if not, what is the additional benefit that this kind of corruption brings to political parties? -
which will serve as a guide to reflect on the role that criminal law can play in this matter.
Keywords: political corruption, illicit gains, illegal financing of political parties
Introducción
La financiación ilegal de los partidos políticos casi no ha recibido atención en los
instrumentos universales anticorrupción, por cuanto solo la Convención de Naciones Unidas
contra la corrupción (en adelante, CNUC) se pronuncia al respecto. Con todo, la CNUC no
fija criterios para abordar el problema, pues establece que cada Estado parte debe valorar
la “posibilidad de adoptar medidas legislativas y administrativas” para mejorar la
transparencia en la financiación de los partidos políticos (art. 7.3). Así pues, el financiamiento
ilegal de la política es, en comparación con otras conductas igualmente expresivas de la
corrupción, una cuestión que es gestionada sin contar con indicaciones anticorrupción
globales.
La situación no es muy diferente en los instrumentos de alcance regional. En efecto, las
convenciones anticorrupción promovidas por la Unión Europea (en adelante, UE) o, en su
caso, el Consejo de Europa (en adelante, CoE), no mencionan el financiamiento de la política.
A su vez, en el ámbito de los Estados americanos tan solo la Carta Democrática
Interamericana toca el tema, pero se limita a señalar que hay que “prestar atención especial
a la problemática derivada de los altos costos de las campañas electorales y al establecimiento
de un régimen equilibrado y transparente de financiación de los partidos políticos (art. 5).
El panorama antes descrito explica por qué la financiación corrupta de la política está
relegada a la “categoría de cuestión fundamentalmente nacional”.
1
Empero, también invita a
pensar que uno de los desafíos en la lucha contra este problema es, precisamente, incorporarlo
en la agenda de la política anticorrupción internacional. La relevancia de este objetivo radica
en que, aunque en ciertos países se han producido progresos en lo que atañe al control del
funcionamiento económico de los partidos políticos, tales cambios han sido mediatizados por
la falta de criterios específicos de carácter internacional.
1
MAROTO (2015a), p. 757.

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