Prefacio a la tercera edición en inglés - - - El aspecto legal del dinero. Con referencia especial al derecho internacional privado y público - Libros y Revistas - VLEX 976718736

Prefacio a la tercera edición en inglés

AutorFrederick A. Mann
Páginas13-14
13
ÍNDICE
PREFACIO A LA TERCERA EDICIÓN EN INGLÉS
No hay ninguna esfera del pensamiento humano donde le resulte más fácil a un
hombre mostrar una astucia superficial y la apariencia de gran sabiduría, que
en la discusión de problemas del circulante y las divisas.
Sir Winston CHURCHILL, Hansard, vol. 468, col. 160 (28 de septiembre de 1949).
Aunque los Prefacios de las ediciones anteriores han sido reimpresos y esta
edición —que presenta la ley tal como se encontraba al 1° de octubre 1970— no
modifica esencialmente el carácter de este libro, quizá convenga explicar por últi-
ma vez su propósito y alcance.
Este libro se ocupa del dinero. La concepción del dinero significa muchas cosas
diferentes para lectores distintos. Si un abogado decide omitir ciertos temas, su
decisión no será necesariamente errada sólo porque otros desearían que tales temas
fuesen incluidos. La ley de las cuentas bancarias o de los giros postales, o la ley
referente a los Certificados de Tesorería o a la Tasa Bancaria o a las transacciones
crediticias o financieras entre personas internacionales: éstas son sólo algunas de las
numerosas cuestiones que podría examinar legítimamente un libro sobre el dinero.
Este libro no lo hace porque en algún punto tendría que trazarse un límite y al parecer
había sólidos argumentos para trazarlo en el punto que deja intactas algunas ramas
del derecho tan definidas, o por lo menos distinguibles, como la banca y las finanzas,
los instrumentos negociables, o la posición y la función del gobierno central y del
Banco de Inglaterra en el marco de la organización financiera del país.
Este libro se ocupa del derecho monetario. No se ocupa de economía, finan-
zas, sociología, politología o historia. Para el abogado, la vida económica y sus
incidentes son hechos que, en la medida en que importen para la elaboración o la
aplicación de reglas legales, dependen de las pruebas. Así como un libro sobre la
venta de bienes no examina de ordinario, por ejemplo, las causas de las variaciones
de la demanda y la oferta o las prácticas adoptadas por diversos negociantes, un
libro que se ocupe del derecho monetario no debe aventurarse fuera de los límites
del enfoque estrictamente legal. Por ejemplo, no pueden explicarse o siquiera des-
cribirse dentro de los límites de este libro el origen, el crecimiento y la función de
ese fenómeno mal llamado, y nada nuevo, del mercado de euromonedas, o los
problemas de la oferta de dinero o la administración de las tasas de cambio. De
igual modo, la ley debe aceptar el hecho notable de que, mientras que el hombre ha
conquistado la Luna, no ha podido resolver el problema del valor del dinero, su
estabilidad y su relación con el pleno empleo, el crédito y el crecimiento económi-
co. Un abogado se abstendrá de penetrar a un territorio desconocido, pues está bien
consciente de la sabiduría de las palabras de ese gran hombre que se utilizaron
como epígrafe de este Prefacio y que desgraciadamente siguen siendo muy poco
escuchadas.

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