La perseguibilidad de los delitos económicos - Núm. 3-1, Julio 2022 - Revista Complejidades del Ágora Jurídica - Libros y Revistas - VLEX 942526554

La perseguibilidad de los delitos económicos

AutorYeney Valido Andrés
CargoEstudiante de cuarto año de Derecho de la Universidad de La Habana.
Páginas38-66
Departamento de Ciencias Jurídicas
Universidad de Atacama, Chile
ISSN 2735-6507
La perseguibilidad de los delitos económicos
Yeney Valido Andrés1
(…) Hay delitos económicos que son más graves
que los homicidios porque son más conscientes,
menos perseguidos y son la causa no de una, sino
de muchas muertes y de la corrupción (…)
Alberto Hurtado
Resumen: La perseguibilidad de los delitos económicos es una tarea difícil producto de
las características que son inherentes a estos tipos penales. Asimismo, se incluyen las
condiciones de procedibilidad que están dirigidas en suelo patrio a las entidades
privadas, por lo que se excluyen de su marco de aplicación otras formas de organización
empresarial. Es por ello que la problemática que sustenta esta investigación es la no
correspondencia de las condiciones de procedibilidad en la Ley Sustantiva Penal vigente
en Cuba, con los nuevos agentes que intervienen en la economía, y a los cuales se les
debe brindar igualdad de condiciones producto del principio de trato paritorio que
sustenta el Derecho Económico. De igual manera, se tiene como objetivo proponer los
argumentos que condicionan la necesariedad de la reformulación de estas condiciones
para proceder utilizando predominantemente el método teórico doctrinal. De igual
forma, se presentan como resultados esperados brindar un material teórico- doctrinal
sobre el Derecho Penal Económico, exponer de manera coherente las principales
problemáticas que atacan la perseguibilidad de los delitos económicos y demostrar los
argumentos por los que se hace necesaria una reformulación de las condiciones de
procedibilidad en el ámbito empresarial.
Palabras claves: perseguibilidad, condiciones de procedibilidad, delitos económicos.
Introducción
La perseguibilidad de los delitos económicos se presenta como una problemática
en la realidad cubana actual debido a que la economía nacional no se ha mantenido
inamovible desde la entrada en vigor de la Ley 62 de 1987. De esta forma, se han
presentado cambios en la economía, como es el caso de la inclusión de la propiedad
privada a la luz de la Constitución de 2019, así como la presencia de nuevos agentes que
1Estudiante de cuarto año de Derecho de la Universidad de La Habana. Correo electrónico:
yeneyvalidoandres@gmail.com Orcid: 000-0003-4128-2019
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intervienen en el ámbito económico. Esto último va aparejado de la presencia de la
condición de procedibilidad de la denuncia del perjudicado, que impide en la actualidad
que en delitos como los económicos, que protegen el orden económico y con ello
recogen intereses colectivos, queden impunes si no está presente esta regla de proceder.
De igual forma, se presentan al unísono otras cuestiones que hacen engorrosa la
perseguibilidad en el ámbito económico cubano como es el caso de las características
personales de los agentes comisores que le dan apariencia de licitud al hecho
antijurídico, la falta de especialización del órgano jurisdiccional y de la Fiscalía como
órgano encargado de la persecución penal, así como las, a veces, innecesarias
remisiones a las normas penales incompletas en blanco.
En este sentido, la motivación de esta investigación está sustentada en lo difícil
que resulta hoy día la persecución de los delitos económicos, especialmente en el
ámbito empresarial. Así, en cuanto al estado de la ciencia existen múltiples criterios
sobre la perseguibilidad de los delitos económicos; sin embargo, el tema de las
condiciones de procedibilidad como un límite a la perseguibilidad en el ámbito
empresarial no ha sido desarrollado de la forma que esta materia exige.
De esta forma, al referirse a los antecedentes investigativos han escrito sobre el
tema a nivel internacional autores como Balcarce, Tiedemann y Arocena, que si bien no
se centran en el tema de la perseguibilidad, sino que brindan una visión general de
Derecho Penal Económico y su rama procesal, de cierta forma desarrollan la temática
que nos ocupa.
Por otro lado, a nivel nacional se destacan autores como Barroso, Mejías
Rodríguez, Pérez Duharte y Rodríguez García que analizan de forma minuciosa los
principios que deben regir para la correcta perseguibilidad de los delitos económicos; no
obstante a ello, el tema de la procedibilidad no es abordado por ninguno de estos
autores, sino que se trata desde una mirada general y no se lleva al Derecho Penal
Económico.
De esta manera, hay que tener presente que los delitos económicos protegen un
bien jurídico supraindividual de vital importancia, el cual es la economía o el orden
económico, como han señalado numerosos autores que se mencionan a lo largo de estas
páginas. Asimismo, entre los diferentes preceptos analizados se destacan como
elementos comunes: la presencia de la denuncia del perjudicado o representante legal y
que debe perjudicar a una entidad privada; sin embargo, esta idea contradice lo
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