Decreto 162 - OTORGA GARANTIA DEL ESTADO A OPERACIONES DE CREDITO A CONTRATAR POR LA EMPRESA METRO REGIONAL DE VALPARAISO S.A.
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA GARANTIA DEL ESTADO A OPERACIONES DE CREDITO A CONTRATAR POR LA EMPRESA "METRO REGIONAL DE VALPARAISO S.A."
Núm. 162.- Santiago, 17 de febrero de 2003.- Vistos: el artículo 32 número 8 de la Constitución Política de la República de Chile; el D.L. Nº 1.263, de 1975; el D.L. Nº 2.349, de 1978; el artículo 11 de la ley Nº 18.196; la ley Nº 18.550; los artículos 1º y 2º de la ley Nº 19.847; el decreto exento conjunto Nº 657, de 2002, de los Ministerios de Hacienda y Economía, Fomento y Reconstrucción; y el convenio de programación Nº 3, de 2003, y sus modificaciones, suscrito entre el Comité Sistema de Empresas de la Corporación de Fomento de la Producción y la empresa "Metro Regional de Valparaíso S.A.",
D e c r e t o:
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Otórgase la garantía del Estado a las operaciones de crédito que contrate la empresa "Metro Regional de Valparaíso S.A." con los bancos BNP Paribas y Société Generale (en proporción de 50% cada uno), hasta por el contravalor en USD (dólares de los Estados Unidos de América) de la suma de 73.536.664,0 euros (setenta y tres millones quinientos treinta y seis mil seiscientos sesenta y cuatro coma cero euros), más el equivalente en pesos de 166.499,0 unidades de fomento (ciento sesenta y seis mil cuatrocientos noventa y nueve coma cero unidades de fomento), más los reajustes, intereses, primas de seguros y comisiones que correspondan, destinados a financiar la adquisición de material rodante contemplado en el Proyecto Implementación Proyecto IV Etapa de la Interconexión Valparaíso - Viña del Mar.
La presente garantía se otorga de acuerdo a la autorización para contratar créditos concedida a la empresa "Metro Regional de Valparaíso S.A.", mediante decreto exento conjunto Nº 657, de 2002, de los Ministerios de Hacienda y de Economía, Fomento y Reconstrucción, según lo establecido en el artículo 11º de la ley Nº 18.196, el artículo 15 de la ley Nº 18.382, y en el artículo 44 del DL Nº 1.263, de 1975.
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Las condiciones financieras de los créditos autorizados son las siguientes:
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- Crédito Comprador:
Instituciones
Financieras : BNP Paribas y Société Generale
(en proporción de 50% cada uno).
Monto Crédito : hasta el contravalor en dólares
de los Estados Unidos de América
de la suma correspondiente a
62.506.164,4 euros más el
equivalente en pesos de UF
141.524,15 (sesenta y dos
millones quinientos seis mil
ciento sesenta y cuatro coma
cuatro euros, más ciento cuarenta
y un mil quinientos veinticuatro
coma quince unidades de fomento).
Garantizador : República de Chile.
Monto Garantía...
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