Ordenanza núm. 15, publicada el 03 de Enero de 2011. MODIFICA ORDENANZA Nº 3 DE COMERCIO AMBULANTE - MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469369938

Ordenanza núm. 15, publicada el 03 de Enero de 2011. MODIFICA ORDENANZA Nº 3 DE COMERCIO AMBULANTE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
Rango de LeyOrdenanza

MODIFICA ORDENANZA Nº 3 DE COMERCIO AMBULANTE

Núm. 15.- Alto Hospicio, 3 de noviembre de 2010.

Vistos y teniendo presente: La ley Nº 19.943 crea la Municipalidad y la Comuna de Alto Hospicio; ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, Artículos 12 y 65 letra k); ordenanza Nº 3 de Comercio Ambulante, de fecha 20 de enero de 2005; y acuerdo Nº 178/2010, tomado en la 27ª sesión ordinaria de Concejo Municipal de Alto Hospicio, de fecha 21 de septiembre de 2010, que aprueba por unanimidad de los miembros presentes, modificar la referida Ordenanza en las letras f) y j) de su Artículo 15, en los términos que se indican en el cuerpo del presente documento.

Ordeno:

  1. Apruébese la siguiente modificación a la ordenanza Nº 3 denominada "Comercio Ambulante":

Artículo único

Sustitúyanse las letras f) y j) del Artículo 15, al interior del Título V "Prohibiciones", por los siguientes:

"Artículo 15.- Queda absolutamente prohibido:

f) Vender pescado y/o mariscos, salvo autorización sanitaria pertinente.

j) Venta de completos, empanadas o cualquier otro alimento de similar naturaleza preparado directamente en la calle, salvo autorización sanitaria pertinente.".

  1. La presente ordenanza comenzará a regir a contar del 01 de enero de 2011.

  2. Autorízase a la Dirección Jurídica para que dicte el...

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