Decreto núm. 494, publicado el 15 de Marzo de 2011. MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS, CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA REINA |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS, CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS QUE INDICA
Núm.494.- La Reina, 8 de marzo de 2011.- Vistos: El acuerdo Nº 1964 y 1965, de fecha 3 de marzo de 2011, del Concejo Municipal, que aprueba modificaciones a la Ordenanza de la comuna de La Reina sobre derechos, concesiones, permisos y servicios; el memorándum Nº 139, de fecha 8 de marzo de 2011, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público; el memorándum Nº 263, de fecha 8 de marzo de 2011, de la Dirección de Administración y Finanzas; el decreto alcaldicio Nº 1858, de fecha 8 de noviembre de 2010, que Fija Texto refundido de la ordenanza mencionada, decreto alcaldicio Nº 1.784, de fecha 26 de octubre de 2010, que aprueba modificaciones a la ordenanza antes mencionada; y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 20 y 63 de la ley Nº 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
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- Rectifícase la Ordenanza de la comuna de La Reina sobre derechos, concesiones, permisos y servicios, cuya última modificación fue aprobada por decreto alcaldicio Nº 1.784, de fecha 26 de octubre de 2010 y se fija el texto refundido por decreto alcaldicio Nº 1.858, de fecha 8 de noviembre de 2010, en la forma que sigue:
Número 17
17: El cobro por estacionamientos controlados a través de capturadores de datos portátiles en las siguientes vías será:
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Avenida Príncipe de Gales: En el tramo comprendido
entre Salvador Izquierdo y Monseñor Edwards, de
lunes a viernes, de 8:30 a 19:30 horas, $390 de 1 a
20 minutos, más $25 por cada minuto adicional.
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Avenida Tobalaba en el tramo comprendido entre
Américo Vespucio y La Cañada, lunes, martes, jueves
y viernes, de 8:30 hasta las 20:30 horas, $200 por
cada 30 minutos o fracción, con un máximo diario de
$2.000.
Número 9
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Toda propaganda que se realice en la vía pública o en propiedad privada que sea vista desde la vía pública, pagará los siguientes derechos municipales:
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Toda propaganda en pantallas LED o pantallas electrónicas, que se realice en la vía pública o en propiedad privada que sea vista desde la vía pública, pagará...
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