Decreto 1425 EXENTO - APRUEBA MODIFICACION DE ORDENANZA COMUNAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS MUNICIPALES VIGENTES
Emisor | MUNICIPALIDAD DE CONCHALI |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA MODIFICACION DE ORDENANZA COMUNAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS MUNICIPALES VIGENTES
Conchalí, 17 de diciembre de 2002.- La Alcaldía decreto hoy:
Núm. 1.425 exento.- Vistos: el artículo 41º y siguientes del D.L. Nº 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales, sistematizado y refundido por decreto Nº 2.385 de la Subsecretaría Regional y Administrativo, publicada en el Diario Oficial el 20 de noviembre de 1996; decreto exento Nº 127/1997, que fija texto refundido y sistematizado de la ordenanza respectiva, decretos exentos Nº 935/1997, Nº 136/1998, Nº 832/1998, Nº 04/1999, Nº 1.021/1999, Nº 102/2001, Nº 530/2001, Nº 1.417/2001 y Nº 101/2002, que modifican la mencionada ordenanza; Acuerdo adoptado por el Concejo Municipal en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de diciembre de 2001; memorándum Nº 533, del 16.12.02, de la Dirección Asesoría Jurídica; y teniendo presente las facultades y atribuciones que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
D e c r e t o:
Modifícase a la Ordenanza Comunal sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios Municipales, en los siguientes términos:
Modifícase el Artículo 10º de la Ordenanza, en los siguientes términos:
I- Sustitúyase el numeral 2 por el siguiente:
-
- Control de domicilio,
cuando se requiere usar
una especie valorada
sólo para este efecto
más costo de la misma. 20% U.T.M.
II- Sustitúyase el número 3 por el siguiente:
-
- Control cada 6 años de
licencia de conducir clase
B, C, D y F más valor
especies valoradas. 50% U.T.M.
III- Sustitúyase el número 7 por el siguiente:
-
- Cada extensión o cambios
de clase, más valor costo
de especies valoradas. 40% U.T.M.
IV- Sustitúyase el número 8 por el siguiente:
-
- Exámenes requeridos por el
municipio, conforme al Art.
19 de la ley 18.290 para
licencias profesionales, más
valor costo especie valorada. 40% U.T.M.
Exámenes requeridos por el
municipio para licencias
clase A1 y/o clase A2
obtenidas antes del
08.03.97., más valor costo
especie valorada. 30% U.T.M.
V- Sustitúyase el número 10 por el siguiente:
-
- Duplicado de licencia de
conducir, cualquiera sea
su clase, más valor costo
especie valorada. 30% U.T.M.
VI- Suprímanse los numerales 13, 14, 26 y 28.
II) Modifícase el Artículo 22º Nº 4 y 8, de la Ordenanza en los siguientes términos:
Los servicios que se...
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