Normativa Contable Nº N09772, Complementa Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación para el Sector Municipal., 19-02-2010 - Normativa - VLEX 908728520

Normativa Contable Nº N09772, Complementa Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación para el Sector Municipal., 19-02-2010

Año2010
Fecha19 Febrero 2010
Número de oficioN09772
Tipo de documentoNormativa contable

La Contraloría General de la República, en el ejercicio de las atribuciones de carácter normativo que le competen en materia de Contabilidad Pública, ha estimado procedente complementar la CI 60820/05, sobre Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación y la CI 36640/07, relativo a Procedimientos Contables para el Sector Municipal, incorporando las modificaciones que se adjuntan.

En torno a la materia, es dable considerar que el cambio propuesto tiene por objeto incluir el tratamiento contable de las transacciones que configuran una operación de leaseback, la cual según lo destaca en general la doctrina de Derecho Comercial, consiste en un contrato en virtud del cual una entidad, con el objeto de obtener financiamiento o crédito, vende un bien de su propiedad, de naturaleza mueble o inmueble, a otra entidad, la que, simultáneamente, le concede ese bien en leasing contra el pago de un cannon periódico, durante un plazo determinado, y le otorga una opción de compra al final del contrato, por un valor preestablecido. En este caso, la misma doctrina se inclina por aplicar las disposiciones legales del pacto de retroventa, consignadas en los artículos 1881 y siguientes del Código Civil.

A este respecto, es necesario tener presente, en primer término, que el contrato de leasing o arrendamiento, del cual el leaseback es una modalidad de la citada operación, no está regulado en forma sistemática y general por la legislación de nuestro país, y, en tal sentido, sólo se hace referencia a la existencia de esta clase de contratos en normas legales dispersas, como es el caso de la Ley General de Bancos y la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Por otra parte, corresponde citar también como elemento normativo, que sirve de fundamento en este tema, la ley 20.128 art/14, sobre Responsabilidad Fiscal, que establece, en lo pertinente, que "Los órganos y servicios públicos regidos presupuestariamente por el DL 1263/75, necesitarán autorización previa del Ministerio de Hacienda para comprometerse mediante contrato de bienes con opción de compra o adquisición a otro título del bien arrendado...".

Finalmente, es dable puntualizar, que el procedimiento que se acompaña está referido a la venta de activos, bajo la condición de ser precisamente arrendados posteriormente, considerando la modalidad de leasing financiero, operatoria, que conforme se desprende, además, de la normativa contable vigente, corresponde a una forma de financiamiento a plazo para la obtención de un bien, mediante el cual, al momento de...

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