Ordenanza núm. 4, publicada el 06 de Diciembre de 2008. APRUEBA ORDENANZA SOBRE INSTALACIÓN DE LÍNEAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y DE TELECOMUNICACIONES EN LA COMUNA DE TALCAHUANO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO |
Rango de Ley | Ordenanza |
APRUEBA ORDENANZA SOBRE INSTALACIÓN DE LÍNEAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y DE TELECOMUNICACIONES EN LA COMUNA DE TALCAHUANO
Núm. 4.- Talcahuano, 13 de noviembre de 2007.- Vistos: Acuerdo 228, del 13-11-2007, del Concejo Municipal de Talcahuano; Oficio Nº 586, del 04-10- 2007, de la Dirección de Asesoría Jurídica; Memo Nº 81/2007, de la Dirección de Asesoría Jurídica; la facultad que me otorga la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, publicada en el Diario Oficial, del 31-03-88; modificada por la ley Nº 19.130, publicada en el Diario Oficial del 19-03-92; ley Nº 19.602, publicada en el Diario Oficial del 25-
03-99; Leyes modificatorias y complementarias posteriores,
O r d e n a n z a:
Apruébase Ordenanza sobre Instalación de Líneas Distribuidoras de Energía Eléctrica y de Telecomunicaciones en la Comuna de Talcahuano.
Generalidades
La presente Ordenanza viene a complementar los instrumentos de planificación vigentes para la comuna en lo relativo a temas de ordenamiento y planificación territorial.
La presente Ordenanza será aplicable a todos los sectores del territorio comunal.
Los temas tratados en esta Ordenanza podrán ser diversos, no pudiendo contradecir las normas establecidas por los diferentes instrumentos de planificación territorial vigentes y debiendo además respetar otros instrumentos legales de mayor jerarquía como Reglamentos, otras Ordenanzas y Leyes que regulen temas técnicos específicos.
Toda infracción a la presente Ordenanza será sancionada según multas que se establezcan en cada capítulo específico del presente cuerpo normativo.
Sobre Instalación de Líneas Distribuidoras de Energía
Eléctrica y de Telecomunicaciones
El presente Capítulo viene a regular el tendido aéreo y la canalización subterránea de líneas distribuidoras de energía eléctrica y de telecomunicaciones en los bienes nacionales de uso público en la comuna de Talcahuano.
Se entenderá por bienes nacionales de uso público los establecidos en la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Sólo podrán instalar líneas distribuidoras de energía eléctrica y de telecomunicaciones en la comuna de Talcahuano aquellas empresas que hayan obtenido previamente la concesión o permiso, de conformidad con lo establecido con el DL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos y en la ley Nº 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, o en aquellas normas legales que en futuro las reemplacen.
Los interesados en instalar líneas distribuidoras de energía y de telecomunicaciones en la comuna de Talcahuano, deberán comunicarlo por escrito a la Dirección de Obras Municipales, en forma previa al inicio de las obras.
Cuando la instalación de dichas líneas implique rotura de pavimentos de calzadas y aceras, o la ocupación transitoria de bienes nacionales de uso público con maquinarias, materiales, escombros y otros elementos, antes del inicio de las obras la empresa concesionaria deberá solicitar permiso a la Dirección de Obras Municipales, pagar los derechos municipales que corresponda y entregar la respectiva garantía. Dicha garantía comprende la reposición de pavimentos de calzada, aceras y la conservación o reposición de las áreas verdes y árboles que se encuentran en el sector a ocupar.
De acuerdo a la forma en que se puede hacer el tendido de las líneas de distribución de la energía eléctrica, la comuna se divide en "sectores de canalización subterránea" y en "sectores de tendido aéreo".
Constituyen "sectores de canalización subterránea" las avenidas y calles de la comuna y los bienes nacionales de uso público indicados en el artículo 15º de este Capítulo de la presente Ordenanza.
Son "sectores de tendido aéreo" todos aquellos que no estén...
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