Modifica el Código Sanitario, con el objeto de establecer normas sobre la trazabilidad del huevo y la certificación de huevos de gallina feliz o libre. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914513348

Modifica el Código Sanitario, con el objeto de establecer normas sobre la trazabilidad del huevo y la certificación de huevos de gallina feliz o libre.

Fecha03 Noviembre 2021
Número de Iniciativa14673-11
Fecha de registro03 Noviembre 2021
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Salud
Autor de la iniciativaAravena Acuña, Carmen Gloria, Castro Prieto, Juan, Elizalde Soto, Alvaro, Ossandón Irarrázabal, Manuel José, Prohens Espinosa, Rafael
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción



Boletín N° 14.673-11
Proyecto de ley iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Aravena y señores Castro Elizalde, Ossandón y Prohens, que modifica el Código Sanitario, con el objeto de establecer normas sobre la trazabilidad del huevo y la certificación de huevos de gallina feliz o libre.

I.- Fundamento del proyecto


Al ser el huevo un alimento básico en la dieta de la mayoría de la población, el presente proyecto de ley tiene por objetivo otorgar más información y seguridad a la ciudadanía respecto del origen, tratamiento y calidad de los huevos1 de gallinas que son consumidos por las personas. Por estas razones, se debe imponer por ley la obligación de informar el origen y trazado del huevo. Lo anterior permitirá recuperar la historia o rastro de este producto, conociendo así su trazabilidad2 y destino. Esto es fundamental para la seguridad y salubridad alimentaria, pues se podrá detectar fácilmente aquellos lotes de huevos que son parte de la misma partida, facilitando así una mejor gestión de los riesgos en el consumo de alimentos. Además, se otorgará una mayor garantía de veracidad en la información que se entrega al cliente como, por ejemplo, que es un huevo de gallina feliz o libre, de modo tal que esta información sea confiable para los consumidores. En dicho sentido, el presente proyecto de ley viene a ser un avance en lo que respecta a la seguridad alimentaria y nutricional3, siendo una expresión clara de soberanía alimentaria, cuyo fin último es permitir el ejercicio del derecho que tienen las personas de consumir alimentos sanos y adecuados4. Similar argumentación se encuentra en otros proyectos de leyes sobre trazabilidad alimentarla, como es el caso de los boletines número 11.986-01, 11.417-01, 11.661-11, 12.442-01 y 13.528-01, entre otros.


El presente proyecto de ley ocupa como modelo a la Ley número 21.179 del año 2019 que Establece Normas sobre Elaboración, Denominación y Etiquetado de Productos Lácteos o Derivados de la Leche. En cuanto a normas de trazabilidad, en dicha ley se establece que "en las botellas o envases de leche líquida y en polvo se deberá indicar, de manera clara, expresa y legible, la tecnología o tratamiento térmico primario utilizado para eliminar agentes patógenos en la leche, tales como, pasteurización, tratamiento a ultra alta temperatura UHT o esterilización. En caso de otros procedimientos térmicos, estos deberán ser informados mediante un código de respuesta rápida, Código QR, u otro medio electrónico de lectura de información equivalente, estampado en la botella o envase5. Es decir, se establece la obligación a los productores de informar al cliente, a través de un sistema simple y moderno como el código QR u otro equivalente, sobre el tratamiento que ha recibido el producto alimenticio que va a consumir. En el caso del huevo, se ve como oportuno que en el envase o caja de huevos (utilizando la misma tecnología de códigos QR señalada) se informe al cliente respecto del origen de los huevos que está consumiendo, así como también de las condiciones de crianza, alimentación y tratamientos que ha recibido la gallina y el producto. Por tales razones, se considera a la presente iniciativa legislativa como la continuadora de la Ley número 21.179, en este caso, respecto al alimento del huevo.


Es importante señalar que, al igual que como se ha fundamentando en las citadas mociones parlamentarias sobre trazabilidad alimentaria, se considera que una regulación de este tipo debe tener sus principales elementos establecidos por ley, por respeto a las normas dc orden público económico (OPE). En tal sentido, cl producir y comercializar huevos es una actividad económica lícita, y por aplicación del artículo 19 número 21 inciso 1º de la Constitución Política que establece ''el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regule", debe ser una ley la que norme de manera más elemental la regulación de una determinada actividad económica (sean leyes generales como el Código Civil o de Comercio o leyes especiales, como la que se propone). Luego, serán normas de jerarquía inferior, como los reglamento6 y normas técnicas, las que establecerán las pormenorizaciones necesarias para que se pueda aplicar lo dispuesto por el legislador, configurando así lo que se ha denominado la "pirámide normativa"7 de la regulación.











En ese orden de ideas, debe ser una ley la que regule la imposición de informar en el envase o caja de huevos su origen y la forma de crianza, alimentación y tratamiento que ha recibido la gallina, señalando también las sanciones en caso de incumplimiento a dicha normativa. De esta manera, se cumple con una adecuada técnica regulatoria que satisface los principios de tipicidad y del debido proceso sancionatorio, pilares de un Estado de Derecho.


Respecto a la crianza de la gallina, existen diversos métodos para hacerlo. El método de trato más cruento con las gallinas es la crianza en jaulas o de egg from caged hens8, en el cual las gallinas pasan encerradas en pequeñas jaulas en una estantería con poco o nulo acceso a la luz solar. Luego, existe el método de gallinas criadas en suelo o de cage-free9, en el cual, si bien las gallinas no están encerradas en una jaula diminuta y pueden tocar el suelo, de todos modos, están encerradas y no están al aire libre. Un tercer método es el de gallinas con acceso al aire libre o free-range eggs10, en el cual las gallinas, si bien viven en gallineros cerrados, pueden pasar parte de su tiempo al aire libre. Finalmente, un cuarto método y el más amigable con las gallinas y el medio ambiente es el de la gallina feliz11, en donde las gallinas son criadas al aire libre, con amor y pueden tener una vida natural. Respecto a si el huevo es orgánico o no, esto dependerá de los alimentos, medicamentos y otras condiciones con las que se trate a las gallinas12. En consecuencia, la calidad, tamaño, sabor y color del huevo variará dependiendo del método de crianza de la gallina13, su alimentación, los medicamentos y/o sustancias químicas que se le suministren a las gallinas, entre otros factores respecto de los cuales los consumidores tienen derecho a ser informados14, tanto por razones éticas como de salud.











Por las razones anteriores, muchas empresas están vendiendo huevos como de gallina libre o feliz cobrando un precio superior al de un huevo normal. Sin embargo, no hay completa garantía de que lo que se está ofreciendo como de gallina libre realmente lo sea. En tal sentido, se hace necesario que la ley exija a los productores de huevos certificarse, a fin de constatar que la información que entregan a sus clientes sea veraz.


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